10 mar 2011

Notas de Prensa 2011

-9 de marzo-

Ya se dispone del Certificado Concursal del grupo Bouncopy (para todas las trabajadoras y trabajadores afectados de S.A., Finnancial y Mediación) para poder realizar los trámites oportunos de cara a percibir la idemnización por FOGASA. En caso de que dispongáis de abogado ya se encargará él mismo de los siguientes pasos; en caso contrario, si lo hacéis por vuestra cuenta, lo primero es avisar al teléfono siguiente para verificar que está preparado vuestro Certificado y poder pasar a recogerlo en la siguiente dirección:

- Despacho Verdes Abogados:

Tel: 915568312 - Horarios: de 9:00-14:00 y 16:30-19:00

C/ Raimundo Fernández Villaverde, 19 2º Dcha. (metro Cuatro Caminos) Madrid.

Es más que recomendable realizar una fotocopia de ese documento, para después ir a presentar el original a

- FOGASA: C/ Santa Bárbara Nº 5 - 2ª planta (metro Alonso Martínez)

En donde se os dará para rellenar un formulario -2 copias- con los datos personales y de la empresa (tened presente su CIF y el NISS que aparece reflejado en vuestro certificado de empresa).

Importante: PONED NUMERO DE CUENTA EN LA CASILLA CORRESPONDIENTE Y LLEVAD UNA FOTOCOPIA DEL DNI.

Una vez presentada la documentación, a esperar que nos ingresen lo que corresponda en nuestra CCC. Consultad el tiempo estimado. Muchas gracias a los compañeros de la sección de la CGT por su colaboración para dar esta noticia.

En cuanto a la aprobación del ERE-3 para S.A. no se sabe nada aun al respecto. Seguiremos informando. Salud y Trabajo.


-26 de enero-

Las nóminas y liquidaciones de haberes se cobraron, en su mayoría, a partir del día 10 de enero. En cuanto a la obtención del certificado concursal (la vía más rápida para cobrar del FOGASA), de momento los administradores lo han prorrogado un mes más -estimábamos, según sus datos, que era para el día 20 de enero- y también se está pendiente de recibir la autorización para ejecutar el ERE-3 (el 3º, extintivo) con el VºBº del Juez de lo Mercantil.

IMPORTANTE: Esto es algo que tenéis que consultar con vuestra oficina del SPEE pero que ha ocurrido con el ERE-2 bajo proceso concursal: Para los despidos autorizados y ejecutados con fecha posterior al 20 de octubre de 2010, el certificado de empresa indica el motivo de la extinción haciendo referencia también al concurso voluntario 470/2010 -autorización judicial-, por lo que el trámite se acelera quedando el plazo de la prestación por desempleo como el correspondiente natural a cualquier tipo de despido que no esté afectado por un ERE (en nuestro caso la referencia es 228/2010), que entonces "iba" por lo Social.

En otras palabras, no hay que esperar a esos 2-3 meses de media para cobrar la prestación, pero es mejor indicarlo expresamente, junto con el certificado, al funcionario o funcionaria que nos atienda aunque sea con una nueva cita.

Seguiremos informando. Salud y Trabajo.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Pero no "íbamos" todos en el mismo saco?

Anónimo dijo...

Muchas gracias!