8 nov 2009

Con los Discapacitados

La necesidad social de ayudar a los afectados por CUALQUIER TIPO de "discapacidad", bien sea física, psíquica o espiritual, se pone de manifiesto en el derecho UNIVERSAL a la integración plena en un TRABAJO digno y estar protegidos hoy en día por la Ley de dependencia.

Obviamente, como nos referimos a la normalización de la vida y del ámbito laboral, hablamos de un entorno global de desarrollo personal reconocido y regulado por los organismos competentes.

Por esa razón y como además existen INCENTIVOS POR LA CONTRATACION DE DISCAPACITADOS (en nuestra opinión MAXICAPACITADOS), -en caso contrario interesaría menos a parte de la patronal-, aunque surgiera un hipotético caso o riesgo de aumento del índice de absentismo -o pérdida de rentabilidad-, los costes son aumidos por el Estado (o sea tod@s).

Es decir que si no hay "problemas", el discapacitado contratado es más que rentable: pues estupendo..., pero mejor entonces alabar la labor social y no tanto el lucro.

El caso es que por Ley algunas empresas pactan, presumen de labor social y luego lo aprovechan como una forma de marketing y reconocimiento; si no, pues no sería de extrañar que sucediera todo lo contrario: la exclusión social, la precariedad económica y la marginalidad que siempre han acompañado a personas tan maravillosas.

Si no fuera por las obligaciones y derechos que contraen algunas empresas y las instituciones públicas y que, a veces, desconocemos, la estabilidad, la autosuficiencia y, sobre todo las subvenciones, entre otras, desaparecerían.

Y si no fuera por el amor de los familiares, compañer@s y amig@s hacia los propios afectados, la orientación por parte de profesionales cualificados, las terapias de grupo, las conferencias, los cursos de reinserción laboral, por el derecho a trabajar y enseñar..., ¿qué ocurriría?

En este sentido, CCOO-Bouncopy apoyará siempre a la empresa a este respecto: la contratación -sin priorizar asuntos económicos o intereses fiscales- de los discapacitados, que son las mejores personas CAPACITADAS para enseñarnos y aprender de ellas asignaturas como su HUMANIDAD, HUMILDAD Y HONESTIDAD.

No obstante, aclarar que en relación al ordenamiento jurídico español sobre la discapacidad está la LISMI, sus normas de desarrollo y otras complementarias:

1.- La Constitución española de 1978.

2.- La reciente legislación sobre igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.

3.- Acceso de las personas con discapacidad en el sistema educativo.

4.- La discapacidad en el mercado de trabajo y la protección del sistema de Seguridad Social.

5.- El Sistema nacional de salud y personas con discapacidad. Los problemas de la bioética.

6.- Las personas con discapacidad en el nuevo sistema de protección por dependencia,..




(Agradecimientos y apoyo a Bouncopy para la integración de tod@s)

1 comentario:

ModeradoR dijo...

Hola, tan sólo necesitamos apoyo y colaboración. No es mucho pedir.