29 dic 2008

Notas de Prensa 2007/08


-28 de diciembre de 2008-

El sector del «contact center», uno de los menos perjudicados por la crisis

Aún hay ámbitos a los que la recesión no ha llegado. Ese es el caso del sector del contact center, el germen del outsourcing allá por los noventa, y que hoy goza de un prestigio entonces desconocido. Esa es la conclusión del estudio elaborado por la Asociación de Contact Center Española (ACCE), en el que se pone de manifiesto el incremento en su facturación y contratación de 2007.


Artículo completo en la edición digital del ABC.


-23 de septiembre de 2008-

La Ciudad de Melilla destinará 400.000 euros para la implantación de empresas de Contact Center

Tenemos una buena noticia: su Consejo de Gobierno dio el visto bueno a las bases para la convocatoria del régimen especial de ayudas para la implantación de empresas de Contact Center, más conocidas como ‘call center’ o ‘telemárketing’, a las que la Ciudad Autónoma destinará unos 400.000 euros de una partida económica específica de los Presupuestos de 2009.

La Ciudad Autónoma destinará dicha cantidad, cuyas bases fueron aprobadas ayer por el Consejo de Gobierno, para facilitar la llegada de estas empresas y crear puestos de trabajo en Melilla.

Artículo completo en la edición digital de Melilla Hoy.


-28 de mayo de 2008-

El MIC de Paraguay se une a Copaco para presionar a Bouncopy

Compañer@s, parece que continúa el culebrón:

El Ministerio de Industria y Comercio, a través de su titular, Juan Ramón Ibarra, al contradecir sus propias declaraciones hechas a la prensa, recomendó a la Copaco exigir a la firma española de “call center” Bouncopy, fuera del contrato firmado el año pasado, a comprometerse a crear más puestos de trabajo si pretende acceder a una nueva línea de comunicación internacional.

Artículo completo
en ABC Digital. Asunción - PARAGUAY.


-6 de mayo de 2008-

BOUNCOPY, ¿"A PUNTITO" DE ABANDONAR PARAGUAY?

Como en algún que otro artículo publicado ya mencionamos aquello de "más vale la amenaza que la propia ejecución", sobre todo si se trata de dinero:

La única inversión importante en telecomunicaciones que el gobierno de Nicanor Duarte Frutos logró atraer en cinco años, la empresa de servicios telefónicos a distancia (call center) Bouncopy, está a punto de marcharse del país luego de operar más de un año a pérdidas. La causa: el monopolio del acceso a Internet ejercido por la empresa estatal Copaco.

Artículo completo en la edición impresa de La Nación. Asunción - PARAGUAY.

Os mantendremos informados para seguir luchando juntos por nuestros derechos!!!


-20 de febrero de 2008-

PUBLICADO el IV CONVENIO de CONTACT CENTER


Siguiendo el procedimiento legal habitual, el BOE núm. 44 del 20 de febrero de 2008, ha publicado y registrado para el conocimiento de tod@s, la RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, acerca del IV Convenio colectivo estatal del sector de Contact Center.

De momento por Ley, esto es lo que hay. Y como no estamos conformes con la realidad, os animamos a seguir luchando juntos por nuestros derechos, para mejorar nuestras condiciones de trabajo y satisfacer nuestras necesidades sociales.


-3 de febrero de 2008-

Condenado un empresario de Sevilla por hacer 'mobbing' a una empleada durante años

  • La discriminó laboralmente, la dejó aislada, sin ordenador y sin ocupación efectiva
  • La despidió dos veces sin motivo e incumplió tres autos de readmisión obligatoria

Como comprobareis, el viejo dicho de que "a cada cerdo le llega su San Martín" se pone de manifiesto y se refuerza en este aberrante caso de mobbing -o "muvi" para los que tienen 'carrera'-.

Como indica el principio jurídico: el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento..., imaginaos lo que puede suceder cuando se conoce y se salta a la torera...

Artículo completo en el Diario El Mundo. EFE - SEVILLA.

(Solidaridad con
M.D.C. y todas las víctimas del sicoterror laboral)


-5 de diciembre de 2007-

FIRMADO EL IV CONVENIO


Tras la firma el pasado 22 de noviembre del preacuerdo de cierre de convenio, el cual consideramos insuficiente para nuestra estabilidad y poder adquisitivo como ya os informamos, hoy 5 de diciembre los sindicatos mayoritarios, COMFIA-CCOO y FES-UGT, han procedido a la firma del Convenio Colectivo que será el marco legal en el que se desarrollará el sector, que pasará a denominarse desde ya como CONTACT CENTER (centro de contacto) durante los próximos tres años.

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-1 de noviembre de 2007-

Los datos personales de los españoles hacen las Américas

La transferencia de información personal de clientes a países con un nivel menor de protección respecto a Europa se ha multiplicado exponencialmente en los últimos años.

"Nombre, DNI, dirección, teléfono, estado civil, datos de familia, características físicas o antropométricas, características de la vivienda, situación militar, pertenencia a clubes, aficiones, formación, suscripción a publicaciones, datos bancarios, tarjetas de crédito y transacciones financieras".

Son un ejemplo real de los datos de más de 40 millones de españoles, clientes y en ocasiones potenciales clientes de una compañía de telefonía, que son transferidos a call centers de un "país que no proporciona un nivel de protección equivalente" al de las leyes de protección de datos europeas. Este traspaso de información sensible es hoy una práctica habitual y el principal receptor de datos es América Latina.

Las compañías están obligadas a pedir autorización a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para transferir la información. Según figura en los expedientes de dicha agencia, a comienzos de 2001 no se tenía experiencia alguna sobre cómo autorizarlo.

Nunca se había solicitado. La deslocalización por el ahorro de costes ha llevado a que se autoricen 30 expedientes de envío de datos sólo de compañías telefónicas. Chile, Perú y Colombia son los principales destinos. Pero hay otros. Telefónica rompió el hielo en 2001 solicitando que la autorizasen a enviar datos a Tánger (Marruecos).

Lo hizo a una filial suya, Atento. La explosión de esta práctica en los años 2006 y 2007 ha modificado la fórmula. Ahora lo habitual es ceder los datos a una empresa externa, con Sitel y Unísono entre las más contratadas.

Artículo completo en el Diario Público. Por Ana Tudela - MADRID.



-19 de marzo de 2007-

Sentencia

El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los trabajadores de Telemarketing a complemento salarial por trabajo en festivos y domingos.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en sentencias de 2 y 12 de febrero de este año ha declarado el derecho de los trabajadores de dos empresas del sector de telemárketing: Atento Telecomunicaciones España S.A y Empresas Europeas de Contratas (EUROCEN S.A.) respectivamente, al percibo del complemento salarial por trabajo en festivos y domingos, en la retribución de la paga de vacaciones.
Sostiene el Tribunal Supremo que el art. 7.1 del Convenio nº 132 de la OIT, ratificado por España en virtud de Instrumento de 17 de junio de 1974, dispone que durante las vacaciones percibirá el trabajador “por lo menos su remuneración normal o media calculada en la forma que determine en cada país la autoridad competente o el organismo apropiado. Precepto que ha sido interpretado reiteradamente por esta Sala en el sentido de que “el convenio colectivo puede apartarse de tal regla de remuneración normal o media”, en virtud de la fuerza vinculante de los convenios colectivos que proclama el art. 37.1 de la Constitución, con base en el respeto y aplicación del principio de autonomía colectiva”.
No obstante, como el Convenio de Telemarketing no establece nada sobre la forma de retribuir el período vacacional, limitándose a establecer su duración, habrá de acogerse al criterio de la “remuneración normal o media”, lo que ha de entenderse como el promedio de la totalidad de emolumentos que corresponden a la jornada ordinaria.
En consecuencia, según el Gabinete Jurídico Interfederal de CC.OO. que ha llevado este asunto, esta línea jurisprudencial del Tribunal Supremo sería aplicable a todas las empresas a las que es de aplicación el convenio de Telemarketing, que tendrán que abonar durante las vacaciones, el complemento salarial por trabajar en domingos y festivos.


-13 de octubre de 2003-

Recordemos: El Supremo limitó el telemárketing

Las empresas de asistencia telefónica (telemarketing) son a veces tapaderas para 'degradar artificialmente la condición laboral de los trabajadores'. Así lo estimó el Tribunal Supremo en una sentencia dictada el 3 de septiembre de 2003, que generó una gran polémica en el sector.

Los sindicatos llevaban años denunciando la situación laboral de los más de 70.000 profesionales que trabajaban en telemárketing.

El Supremo reconoció, en una sentencia contra la actualmente Vodafone, que la práctica de recurrir a estas compañías, utilizada sobre todo por operadoras de telefonía y entidades bancarias, supone 'cesión ilegal de trabajadores' cuando los empleados subcontratados trabajan en la propia empresa contratante y son supervisados por ésta, pero tienen un convenio laboral diferente.

La práctica considerada ilegal por el alto tribunal está siendo cada vez más utilizada por grandes empresas españolas y por organismos de la Administración y Ayuntamientos.

Con este modelo de negocio, la empresa recurre a la contratación de cientos de trabajadores para llevar a cabo una campaña determinada a través de una compañía de telemarketing...

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3 dic 2008

Solidaridad con las víctimas del terrorismo

Ignacio Uría

Siempre, pero sobre todo en estos tristes momentos, es cuando todos tenemos que aparcar nuestras diferencias y unirnos con fuerza en nombre de la Paz, la Justicia y la Libertad. Por las víctimas. Por un futuro sin violencia. Por respeto a la Vida.

De nuevo, en nombre del Comité de Empresa Bouncopy y sus secciones sindicales, manifestamos nuestra repulsa y condena a este cobarde asesinato, obra de la banda terrorista ETA. Estamos más que hartos.

Nuestra total solidaridad y apoyo a la familia, amigos, y compañeros de Ignacio Uría, un trabajador incansable.

Todos contra ETA. Todos contra el terror.

22 oct 2008

Aprendiendo Derecho

Introducción

El derecho en general y en especial el relativo a lo laboral, resulta ser más indescifrable y oscuro que el Oráculo de Delfos. Aquí encontraréis algunas herramientas necesarias y suficientes para mejorar las condiciones de trabajo con total autonomía en cualquier área. Os animamos a participar y cualquier apoyo es bienvenido:

Para empezar, parece obvio que cualquier negocio subcontratado es rentable (de lo más; ya que se trata de una intermediación subriesgo también). Si duramos en el puesto es porque “la cosa va bien”, el cliente "lo quiere" y paga por ello. Pero llega la excusa "ferpecta": "¡ay! qué pobrecitos “semos”, qué mala suerte que no encontramos profesionales en nuestro país y por ello nos tenemos que ir a buscarlos al exterior y, de paso, reducimos costes...". No hay derecho.

Esto viene a colación de que, para "colaborar" en ese "gran" proyecto, en ocasiones firmamos por necesidad lo que sea, sin leer detenidamente el contrato pertinente, en cualquiera de sus expresiones (individual o colectivo, sea con una empresa pública -estabilidad- o una privada -a saber-, etc.).

A saber que un contrato firmado representa una serie de "derechos" y obligaciones legalmente adquiridos y/o exigibles; cierto es que se puede romper unilateralmente en cualquier momento, pero, a menudo, ni tan siquiera conocemos nuestros derechos una vez que se extingue dicho acuerdo contractual.

Concretando ideas: ¿sabemos lo que es un contrato en condiciones? ¿y las claúsulas adicionales del mismo?, ¿en qué consiste un convenio colectivo?, ¿y la jornada laboral pertinente?, ¿cómo calcular el salario?, ¿he percibido mi justa indemnización?, ¿y la transparencia de incentivos?, ¿me descuentan más de lo debido?, ¿tenemos derecho a remuneraciones especiales?, ¿nos pueden cambiar el turno deliberadamente?, ¿qué es un ERE? ¿y para qué los sindicatos?, ¿sabemos, en definitiva, lo que firmamos?, ¿existe la formación de calidad?, ¿hay otras empresas o alternativas de trabajo?,..

Las respuestas a éstas y a otras cuestiones, vendrán en lo sucesivo gracias a vuestra colaboración, para conocer nuestros derechos y deberes como trabajador@s para nuestra defensa. Depende de tod@s los niveles que haya calidad de trabajo y, por tanto, de Vida.

En conclusión, nosotros también tenemos reglas:

"Norma" I: Pase lo que pase, ante todo mucha calma.



"Norma" II: Pase lo que pase, que sea improcedente.




A continuación os dejamos con algunas de vuestras "FAQ":

¿Qué hago si no me pagan la nómina? (Joldi)

1. FALTA DE PAGO O RETRASOS CONTINUADOS DEL SALARIO PACTADO

Lo primero y fundamental antes de emprender cualquier tipo de acción judicial, es actuar con un poco de sentido común y cerciorarse que el impago de la nómina no se haya debido a un error material, omisión involuntaria, malentendido o como se le quiera llamar, y que por lo tanto no sea atribuible a una situación de flagrante morosidad de la empresa.

Todo ello, sin perjuicio de que si finalmente cobramos con retraso nuestra nómina, sea por la causa que sea, estamos en nuestro derecho de reclamar el 10% de interés por mora que estipula el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. A más a más una vez que sea firme la sentencia en sala laboral, podríamos interponer una demanda civil por resarcimiento de los daños y perjuicios que tal retraso nos hubiera podido ocasionar (p.ej. comisiones bancarias por descubierto), si bien, al ser un juicio civil deberíamos ir con abogado y podría haber condena en costas.

Si desafortunadamente confirmamos la morosidad de la empresa y sospechamos que la previsible situación de insolvencia no tiene pinta de enderezarse a futuro, lo más aconsejable es presentar una demanda de reclamación de cantidades a los Juzgados de lo Social, previo intento de conciliación en el SMAC. Cabe recordar que el procedimiento de reclamación de cantidades tiene un plazo de prescripción de un año. Con la interposición de esta demanda, obtendremos las siguientes ventajas:

– Evitar el alzamiento de velo en el patrimonio del empresario, esto es, un blindaje de su patrimonio personal para preservarlo de la caída de la empresa.

– Adelantarnos a todo el proceso concursal al que seguramente deberá acogerse la empresa, lo que nos permitirá asegurarnos la preferencia en las anotaciones de embargos sobre bienes, maquinaria y locales de la empresa, y en consecuencia, ser los primeros en cobrar. Hay que recordar que con la última reforma de la ley concursal, los sueldos de los trabajadores han perdido gran parte de la consideración de deuda preferente (sólo gozan de esta consideración los últimos 30 días).

Si la total falta de pago continua en los próximos dos/tres meses, podremos solicitar la rescisión indemnizada de la relación laboral por incumplimiento grave del empresario ( por falta de pago, art. 50.c del E.T.) a razón del mismo importe que el despido improcedente (45 días/año trabajado con un máximo de 42 mensualidades) en lugar de los 20 días/año trabajado con un máximo de una anualidad y con tope de 69.86 €/día que cobraríamos con bastante tardanza de FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) si la empresa se declara insolvente.

La rescisión indemnizada del contrato de trabajo por el art. 50 del E.T. también se podrá solicitar cuando el empresario incurre en retrasos constantes en el pago del salario acordado. Se ha de entender este incumplimiento como grave, continuado y persistente, por tanto no debe de tratarse de un mero retraso esporádico en el abono de salarios, sino continuado y persistente, que tiene verdadera trascendencia por ser incumplimiento grave del empresario a más a más de no exigirse su culpabilidad. Acudiendo a sentencias de tribunales superiores hay sentencias que con 3/4 meses de retrasos ya reconocen la gravedad del incumplimiento.

En ambos casos (tanto falta de pago como retrasos) para ejercitar la acción de la rescisión indemnizada de tu contrato laboral según el art. 50 del ET es requisito imprescindible que el vínculo laboral de mantenga vigente, esto es, que el día del juicio el trabajador permanezca en situación de alta en la empresa.

Por último, tanto en supuesto de falta total de pago como de retrasos periódicos siempre le cabrá al trabajador la opción de interponer una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con una multa que le puede caer al empresario que puede ascender de entre 6.251 a 187.515 euros


2. PROCESOS CONCURSALES

La ley concursal ha tratado de fijar los mismos requisitos que para un proceso laboral a efectos de intervención de los trabajadores en el concurso. Los trabajadores no precisan ir representados ni por abogado ni de procurador, a priori. No obstante, el consejo es ir representado colectivamente por un abogado que entienda de proceso concursal.

Si la empresa no tiene viabilidad, pues casi siempre se llega tarde al concurso, la Administración concursal pediré el cese de actividades lo que comportará extinción de contratos de trabajo con indemnización de 20 días de salario/año (probablemente no haya dinero y sólo los trabajadores cobren 25 días del FOGASA como mucho, el resto a la masa). Para cese y extinciones el Juzgado les pedirá a los trabajadores para negociar extinción de contrato también (ojo, los administradores concursales no suelen saber laboral, es competencia nueva con esta ley nueva, y casi lo dejará a la empresa y un representante de trabajadores). Los últimos 30 días de salario antes de concurso son superprivilegiados, se pagarán por la Admón. concursal en cuanto entre a tomar posesión y vea los créditos. El resto de salarios, incluida indemnización por despido colectivo es crédito contra la masa (se cobra según va venciendo, pero la práctica, y cuando no continua la empresa, es que ese pago no es prioritario y se puede dejar aparcado frente a otros mas esenciales, pasando a cobrar probablemente del FOGASA porque no quede dinero para pagar ni los gastos de concurso, que es habitual; es bueno pedirlo al FOGASA en cuanto haya informe de la admón., ¿para qué esperar?). El concurso supone un paréntesis, lo anterior es deuda "concursal", se paga si hay dinero y a proporción. Lo posterior: créditos contra la masa, es decir, vuestros salarios e indemnización, se pagan al vencimiento, pero puede que no sea pago prioritario, si, por ejemplo, se cierra la empresa.

Además del período de 15 días para negociar indemnización por extinción y todo eso, si el concurso es voluntario, probablemente no se haya sustituido a los administradores de la empresa (es la regla), pero es habitual también que el administrador concursal se reúna con los trabajadores para explicaros de que va la historia. De todas formas, será voluntario casi seguro, los administradores de la empresa siguen tomando decisiones, pero con visto bueno del administrador concursal. Éste reconocerá las nóminas automáticamente como créditos contra la masa, aunque no las pague, si es el caso. Poner demanda en juzgado de lo social no resuelve mucho, pues no se podrá ejecutar. Depende mucho, pero si va a cierre de empresa, lo suyo es esperar el informe del administrador concursal reconociendo créditos y pedir al FOGASA los salarios, y lo que falte, como crédito en el concurso, subrogándose en lo pagado el FOGASA.


En definitiva, ahí quedan las acciones a seguir para los trabajadores en supuestos de morosidad y/o insolvencia empresarial desde una perspectiva de procedimiento jurídico, para otro tipo de actuaciones para cobrarse la nómina, sean más o menos drásticas, las dejo a imaginación y gusto del consumidor.

Salud y Trabajo.


¿Me puede despedir la empresa cuando quiera?
(Pablo)

Debido a la cantidad de despidos que se están dando en el sector y particularmente en Bouncopy, es nuestro deber recordaros, de nuevo, que lamentablemente la Ley así lo permite aunque no estemos de acuerdo con ella: aunque parezca increíble, en España el despido es libre -pero no gratuito-, incluso estando de baja laboral (¿y cómo buscar otro empleo en esta situación? ¿es esto justo?) que no sea por razones especialmente protegidas como la maternidad, etc; con el fin de reducir el absentismo que tanto caracteriza al sector, o a saber porqué otros motivos (¿la crisis financiera?). No hay derecho.

El caso es que, si la empresa considera que eres "perjudicial" para su "salud", el despido se notifica normalmente por escrito como disciplinario y, además de manera improcedente (es lo más práctico y sencillo: se argumenta el cese por bajo rendimiento -no queda otra puesto que se sigue captando o recolocando personal-, y de paso se ahorran gastos en litigios). Tan solo resta que la trabajadora afectada o el trabajador afectado perciba todos sus derechos de acuerdo a la Ley.

Para estos y otros casos, estamos cualquier representante legal de los trabajadores a vuestra entera disposición. Y recordad: antes de firmar algo, sobre todo si no os parece claro, consultadnos previamente cuando lo estiméis oportuno.

Salud y Trabajo.


¿Me pueden salir vacaciones "negativas"? (Carina)

Cuando hablamos de vacaciones liquidadas en el finiquito nos podemos encontrar con que éstas son negativas.

Hablamos del caso en el que el trabajador ha disfrutado más vacaciones de las que le correspondía. La empresa previamente pagó por ellas en la nómina, y ahora el trabajador, que no ha pasado suficiente tiempo en la empresa como para acumular todas esas vacaciones disfrutadas, tiene que devolver todo o parte de lo recibido por tal concepto (vacaciones).

Suponiendo que tuviera que devolver 200€ brutos en total, cabe preguntarse qué va a pasar con la cantidad cotizada a la SS y con la retenida a Hacienda por tales 200€ brutos de vacaciones a devolver.

En Hacienda

Partiendo del hecho de que las vacaciones son un concepto enteramente sujeto a retención, la base de retención de -200€ se suma a la que conforme el resto de la liquidación

1000+(-200)= 800€ de base de retención.

Por lo tanto el trabajador recuperará en su nómina las retenciones que se practicaron sobre sus 200€ brutos. Hace caja de forma instantánea. La empresa lo recuperará más adelante al declarar las bases y retenciones de todos sus trabajadores, en el modelo habitual o mediante declaración complementaria.

En la declaración de la renta figura entonces que en lugar de, imaginemos, 24.000€, ganaste 23.800€. Y las retenciones se ajustan a esa nueva cantidad.

En la Seguridad Social

Aquí la cosa cambia. En la nómina debe introducirse los -200€ como una incidencia que NO cotiza.

El trabajador por lo tanto no recupera la cantidad cotizada en su momento.

Y es que la Seguridad Social no acepta una liquidación de vacaciones negativa, porque implica restar cotizaciones por los días trabajados.

La mayoría de las prestaciones de la SS se basan para su cálculo en los días trabajados por un lado y en el importe de esas cotizaciones por el otro. La particular forma de cotización de los días de vacaciones liquidadas hace que los días de vacaciones se SUMEN a la cotización de los días efectivamente trabajados. Si pudieran restarse, darían como resultado que se trabajó algún día y que no se cotizó por él, cosa inadmisible en nuestro sistema de seguridad social, para el que:

DIA TRABAJADO = DIA COTIZADO

Para entender la particular forma de cotización de las vacaciones liquidadas, puede que te interese el siguiente enlace:

Liquidación de vacaciones y cotización hacia adelante
.

Esperamos vuestra participación!!!

(Agradecimientos a vaxxxko, a tusnominas, a Joldi, a Pablo, a Carina y al directum)

1 oct 2008

Abuso de Autoridad

De un tiempo a esta parte, varios trabajadores de una campaña , ubicada en la 2ª planta del edificio Aragón, nos han transmitido quejas, bien verbalmente y en algunos casos incluso por escrito, acerca del comportamiento abusivo y autoritario de un mando intermedio.

Estos trabajadores en la mayoría de los casos, han sido sometidos a una excesiva presión por parte de su superiora, la cual ha llegado a menoscabar, amenazar y humillar a los teleoperadores desde su posición jerárquica.

Todos estos comportamientos se han transmitido a la dirección de la empresa, con la intención de que se corrijan estas actitudes. No obstante, hasta el momento, desconocemos que se haya tomado alguna medida disciplinaria contra esa supervisora, la cual ha seguido impune y reiteradamente incidiendo en su actitud de prepotencia.

Todo esto además se agrava cuando, una delegada de personal, en el uso de sus funciones, e intentando canalizar las quejas de sus compañeros, ha sido amenazada por otro superior, si no cejaba en su empeño de informar de estos abusos, lo cual atenta directamente contra la Constitución y la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

Si la ley es igual para todas y todos, esperamos que haya una rectificación por parte de la empresa, y que ésta tome las medidas pertinentes ante estos comportamientos aplicando el régimen disciplinario, el cual parece que en muchas ocasiones se aplica exclusivamente para la parte más débil. En caso contrario, lo pondremos en conocimiento de las Autoridades Competentes.

Os invitamos a poner en nuestro conocimiento, si fuera preciso, este tipo de actitudes en otras campañas.

(Más información en el Boletín CCOO-Bouncopy nº 3)

Para ilustrar el artículo, hemos seleccionado de nuevo el vídeo que muestra las conclusiones de algunos directivos y empresarios acerca de lo nocivo que resulta para una empresa la existencia de jefes/as tóxicos frente al líder emocionalmente inteligente:




Rectificar es de sabios, ¿verdad?

(Agradecimientos a tod@s l@s compañer@s emocionalmente inteligentes)

28 abr 2008

Actualidad en Bouncopy

-28 de abril de 2008-

Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo

En este 28 de Abril, CCOO-Bouncopy, recordando a todas las víctimas del trabajo, nos solidarizamos con ellas y sus familias y reafirmamos nuestro compromiso en la lucha por unas mejores condiciones de trabajo y por la salud laboral para todas y todos los trabajadores, temporales y fijos, nacionales y extranjeros, hombres y mujeres, jóvenes y mayores,...; porque la salud y la seguridad en el trabajo es un derecho de todos y para todos que no admite excepciones ni exclusiones.

Aunque se han visto algunos cambios favorables en los últimos tiempos, fruto de la lucha de los sindicatos, la mala praxis de las mutuas, que durante el año 2007 declararon muchas menos enfermedades profesionales que en años anteriores, ha frustrado muchas de las expectativas. Por eso, CCOO pide la remodelación de la dirección de las mutuas con la presencia de los sindicatos en sus órganos directivos.

En cuanto a Bouncopy, sus Delegados PRL venimos luchando por unas mejoras ergonómicas, psicosociales y de organización.

Valoramos muy positivamente el acuerdo del Comité de Seguridad y Salud de un proyecto piloto para establecer un servicio de foniatría que comenzaría con cursos especializados en el tema.

Pero no podemos dejar pasar por alto que algunos mandos intermedios (insistimos, algunos) perjudican gravemente la salud de los trabajadores que tienen a su cargo. Y esta actitud no sólo perjudica a la plantilla, sino incluso a la propia empresa. Una empresa que no vea su mayor activo en sus recursos humanos, está en peores condiciones de competir en la crisis que ya tenemos encima.

Hemos seleccionado para este artículo un vídeo al que no se le podrá tachar de sindical. Son conclusiones de empresarios indicando donde apuntan las nuevas directrices en el liderazgo de empresas:





-3 de abril de 2008-

Bouncopy, el arte de incomunicar

La empresa, una vez más, ha dado muestras nuevamente de su talante inquisidor, censurador y antisindical amenazando, intimidando y coaccionando a los representantes de los trabajadores cuando, haciendo uso de sus funciones, trataban de informar a los trabajadores de Bouncopy.

Ignoramos el motivo de esta actitud prepotente, explosiva y represora, ¿será que la empresa no quiere que los trabajadores sepamos lo que realmente está sucediendo? ¿o la única realidad que existe es lo que te cuentan en su revista?

Nosotros, que sí creemos en la libertad de expresión, lo único que pretendemos es informaros de todo lo que nos afecta, y no estaremos tan confundidos cuando la empresa se rebota con nuestra información y no nos dejan comunicarla.

Es por este motivo que nunca cejaremos en nuestro empeño de informaros y defender vuestros derechos.

¡Ni nos domaron, ni nos doblaron, ni nos van a domesticar!





-24 de enero de 2008-

Confirmado: el camarote de los Marx es para los DOS Comités de Empresa

Como geniales cómicos que somos lo primero que hemos hecho es echarnos a reir. Ahora estamos los Comités de SA y SL en el mismo micro-camarote pero ya con luz-calefactora, voz y contenidos. No obstante, sea donde sea, siempre os seguiremos atendiendo a tod@s para defender vuestros derechos.

Por cierto, contra la arrogancia el humor, quién ríe el último ríe mejor:



Por eso recomendamos a la Dirección que repase el RD 486/1997, de 14 de Abril, por si acaso...


-15 de noviembre de 2007-

Ya tenemos el camarote de los Marx, pero ¿para cuántos Comités de Empresa?

Tras justo DOS meses después del traslado al Edificio Aragón y varias peticiones, la Dirección ya nos ha entregado un super local, tan "super espacioso" que por ello será compartido con nuestros compañer@s del Comité de Bouncopy S.L. para atenderos... ¿adecuadamente?.

Estamos en lo que fue la anterior consulta del médico y del fisioterapeuta (¿cómo narices podían trabajar ahí estos profesionales?) en la primera planta a la derecha -frente a la sala U-; así que ya lo conoceis y sabéis donde estaremos, si es que cabemos.

Por lo demás este macro local dispone de la última tecnología: luz insuficiente -tanto natural como de neón-, un splinker de casualidad por ahí perdido, dos mesas que ocupan la mitad del espacio, de calefacción disponemos de la "peotérmica" que es más humana y natural, y quedan todavía por habilitar los puntos de voz y datos.

La imagen de la derecha, muestra el "sin manos", o sin nada, facilitado.

A continuación un par de detalles del camarote con tres de nuestros sufridos compañer@s. Sentimos no poder ofrecer medidas reales puesto que no cabía la cinta métrica:


Por tanto, gracias a la consideración y respeto ofrecidos por la Dirección -así va España-, las asistencias, reuniones y plenos que hagamos se celebrarán, según se pueda y de forma aleatoria en las supersalas que nos vayan dejando, que están sujetas a disponibilidad, o mejor en los pasillos... Y es que luego dicen que no paramos de pedir derechos; disculpad, de nuevo, las molestias. Gracias.


-27 de septiembre de 2007-

Fue noticia:

Como sabemos, cualquier campaña es rentable por el mero hecho de existir. Veremos y os informaremos de lo que nos depara el futuro de acuerdo a lo publicado en la versión digital del cinco dias. Os mantendremos informados y lo celebraremos cuando se generen nuevos y mejores puestos para ganarnos la vida de la manera más honrada posible.


-14 de septiembre de 2007-

Mudanza de San Romualdo a Alcalá

A partir del 17 de septiempre de 2007 todas las actividades de la plataforma de San Romualdo pasan a ejercerse en el Edificio Aragón sito en la calle Alcalá 506.

Desde Comisiones Obreras apostamos por fomentar un clima laboral mejor del que respirábamos últimamente en la anterior planta y contar con los medios necesarios, tanto técnicos como humanos, para mejorar la salud laboral que tanta falta nos hace.


-19 de diciembre de 2006-

Dime quién eres...

Se supone que ya fuimos informados de la curiosa noticia que se publicó en el portal de finanzas.com, ¿cómo no? Pero ¿quién coño es 3i?

9 abr 2008

Algo está cambiando en Bouncopy

En CCOO-Bouncopy creemos que tod@s l@s Trabajadoras/es estamos demostrando a la empresa nuestra capacidad de aprendizaje, organización, diálogo y acción.

Como ejemplos están el acuerdo de unidad de acción con la sección de CGT, nuestro esfuerzo por transmitir la información oportuna (a través del boletín, el blog, los comunicados…), o la concentración del día 3 de abril de 2008, a la entrada de la empresa, para la defensa de vuestro derecho a ser informad@s y de la expresión libre de las secciones sindicales.

Mientras tanto, la empresa sigue en su actitud cerril, cuando no chulesca, más propia de la Edad Media que del Siglo XXI.

Cuando es sólo cuestión de dinero, puede haber un “toma y daca”, un salario por un trabajo, y cosas por el estilo.

Pero cuando una empresa "juega" con la salud de sus Trabajadoras/es, la cosa cambia mucho: mobiliario y material de oficina obsoleto, que afectan a la espalda, la vista,...; la falta de respeto del tiempo mínimo entre llamadas, con sus consiguientes riesgos psicosociales; la falta de atención a los problemas de voz -fonía- creada por una paupérrima organización del trabajo; el muy dudoso trato de algunos mandos intermedios como factor estresante; para qué poner más ejemplos que están en la mente de tod@s...

Pero algo está cambiando... gracias a todas las vías de comunicación hacia vosotr@s y, sobre todo, de vosotr@s hacia nosotr@s –sin censura en tiempo ni en lugar- para que todos estos problemas reales puedan ser conocidos por cualquiera que tenga un mínimo interés en ellos y también por algun@s no reglamentad@s que, quizá por la pereza mental, o por el exceso de consumo de buenos solomillos –a propósito, nosotr@s apenas tenemos media hora para comer y hacer la digestión!!!-, luego se sienten molest@s cuando los transmitimos o expresamos.


Y esto la empresa lo sabe: en más de una ocasión, ya ha dejado caer qué es lo que pasa con cualquiera de las formas en las que nos comunicamos con vosotr@s, cómo no: que si interrumpimos, que si damos mala imagen... Por lo que suponemos que lo que hacemos, no lo estaremos haciendo tan mal, sino todo lo contrario.



Pero por lo que sabemos que definitivamente algo está cambiando en Bouncopy, es porque se está rompiendo el círculo del miedo, porque sus Trabajadoras/es, tod@s nosotr@s, ya estamos pasando por escrito nuestras reivindicaciones y los problemas concretos.

Es decir, se ha pasado del corrillo al papel: una de las formas que, junto con la acción -mientras la empresa no atienda al diálogo ni a la negociación-, sirven para arreglar los problemas.

Salud y trabajo compañer@s.

(Agradecimientos a tod@s. Escrito por javy y el "alter ego" del ModeradoR)

1 abr 2008

Un nuevo medio de expresión libre

Precisamente hoy que se celebra, y se intenta "oficializar", el Día Internacional de la Diversión en el Trabajo, -en relación al April's Fools' Day (el equivalente a nuestro día de los santos inocentes en anglosajón)-, vuestros queridos payasos -según se nos ha tildado alguna vez y estamos "muy orgullosos" de ello-, inauguramos una nueva forma de expresión libre para la defensa de tod@s los trabajadores de Bouncopy:

Con este primer número de nuestro boletín, pretendemos manteneros informados de todas las novedades que vayan sucediendo en nuestra empresa, en particular de todo lo relacionado con el Comité y la defensa de los derechos de la plantilla. En un principio queremos que el boletín tenga una periodicidad de 3 meses, aunque se irá viendo sobre la marcha la acogida que tenga esta publicación.

También recordaros que hay otros medios para poder expresarnos, en concreto con éste, vuestro blog http://boun-ccoo-py.blogspot.com/ y una dirección de correo del comité donde admitimos todo tipo de propuestas, sugerencias, comentarios, quejas, etc., comite_bouncopysa@hotmail.com

Espero que nos sea a tod@s de utilidad este boletín y sabed que lo utilizaremos, al igual que el resto de nuestros medios, para una mejor defensa de l@s trabajadores/as.

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(Agradecimientos a Juaquinito y Cía. Aprovechamos también para agradecer y dar nuestro particular homenaje a un referente: Marcelino y Josefina y María Teresa Hidalgo Álvarez que recuerdan, con su lucha y humildad, a aquellos que dicen ser sus "compañeros de antaño", quiénes nunca quisieron aprender la lección -y que disfrutan todavía pasándosela por el forro..-: que “¡Ni nos domaron, ni nos doblaron, ni nos van a domesticar!”).

A nosotr@s, se nos caería la cara de vergüenza...

11 mar 2008

Contra el terrorismo

Han pasado 5 años desde aquel fatídico 11-M. No olvidamos.

El terrorismo muestra su verdadero rostro con cobardía: como no tiene fe en sus ideas, por eso emplea la violencia.

Los atentados terroristas causan miedo y pena, sobre todo a quienes perdemos a nuestros seres queridos, defendemos la condición humana y creemos en la Paz. El terrorismo, está en contra de la mayoría que pide vivir de su trabajo en Paz, Justicia y Libertad.

Pero nos lían: que si con un determinado partido el proceso de paz es difícil, no digamos ya con la dirección del otro, que sería inviable; lo que hay que hacer es que, seamos de donde seamos, terminar de por vida con la violencia.

Es evidente que todos pecamos de ingenuos, de buena fe y mejor “talante” aguantando lo inaguantable. No es fácil el papel de un político al que algunos no respetan como presidente, aunque sea elegido democráticamente, ni respetarán nunca nada, aunque fuera al revés.

Pero en este caso, hay que estar unidos, pues tampoco es fácil el papel de un candidato saboteado por todos los trepas-inútiles de su correspondiente aparato, que no saben no contestan, y se hacen aguas cuando alguien les pregunta su opinión sobre el legítimo derecho del pueblo a actualizar y cambiar cuando sea preciso, para un mejor entendimiento y convivencia, las reglas básicas de juego en el Estado de Derecho: la Constitución y sus leyes.

Hemos dicho el derecho, que no la obligación; y el derecho como tal es inviolable, como lo es el derecho a la Vida, a vivir y vivir en Paz, en Libertad y con Justicia. No lo tiene tampoco fácil un determinado líder cuando su flanco izquierdo es atacado por la cobarde estulticia de una dirección de aquellos incapaces de condenar un atentado terrorista que, siendo un execrable crimen, es además el mayor error de cálculo de los propios verdugos-sepultureros de cualquier banda terrorista.

No lo tiene fácil nadie, pero es el Pueblo que como tal “tiene” el poder político, la autoridad y la responsabilidad de hacer todo lo necesario y más, para acabar con la violencia con ayuda de tod@s.

Por la razón que sea, la situación se nos ha complicado más de lo previsto, pero aún puede ir a peor si no somos capaces de vencer el miedo y unir todas las manos y todas las voces por encima de nuestras diferencias, para hacer callar a los irrespetuosos, siendo suaves de nuevo, quienes se atribuyen una representación que no tienen, y son unos canallas que se necesitan y retroalimentan con un conflicto interesado.

Hay que hacer valer los derechos y la palabra de cuantos, conscientes y responsables de sus actos, defendemos la Vida, la Paz, la Justicia y la Libertad como bienes supremos, sabiendo que la Paz es nuestro Patrimonio para defender sobre todo a las víctimas, como legítima decisión del pueblo español, legalmente constituido.

Por la Paz, la Justicia y la Libertad, con las víctimas, contra el terrorismo.


Isaías Carrasco

En nombre del Comité de Empresa Bouncopy y sus secciones sindicales, manifestamos nuestra repulsa y condena a este nuevo asesinato, obra de la banda terrorista ETA.

Nuestra total solidaridad y apoyo a la familia, amigos, y compañeros de Isaías Carrasco.

Todos contra ETA.

26 ene 2008

Todo por escrito

Existe en Bouncopy la mala costumbre de hacerlo todo de palabra, sin constancia por escrito, ni mucho menos copia para los Trabajadores de asuntos que les afectan.

Los Delegados PRL de CCOO-Bouncopy ya han tenido que poner por dos veces en conocimiento de la Inspección de Trabajo que la Empresa no les facilita copia de la Documentación PRL que necesitan para poder llevar a cabo su labor.

La Inspección de Trabajo, por dos veces, ha dado la razón a los Delegados PRL; sin que la Empresa se haya dado por aludida hasta el momento. Exponiéndose a la correspondiente sanción económica.

Recientemente, esta falta de transparencia en la Documentación, ya incumple el Art. 17 del vigente Convenio Colectivo, vulnerando nuestro derecho a conocer para defender a compañeros afectados por despidos.

Esto nos lleva a sospechar que la Empresa oculta irregularidades en la contratración y despidos; así como posibles riesgos para la salud de los Trabajadores de Bouncopy.

Pero esto se reproduce a todos los niveles. Baste con decir que la Empresa no tiene un modelo único de solicitud de vacaciones (del cual no suele dar copia al Trabajador). Por lo que, cuando hay un cambio de campaña, el Trabajador se ve obligado a realizar costosas gestiones para que se les respete algo que se tendría que confirmar con dos meses de antelación.

Desde CCOO-Bouncopy, no nos cansaremos de repetir que pidáis y pidamos siempre copia o justificante (con firma y sello) de toda gestión realizada. Máxime, de aquellas cuestiones que afectan, o pueden afectar, a las condiciones de nuestro contrato de trabajo.

En este sentido, me gusta cada día más este blog. Desde estas líneas os animo a que expongáis aquí vuestros problemas; así como vuestras ideas y sugerencias para mejorar las condiciones de trabajo.


(Escrito por nuestro compañero javy. Gracias un montón)

24 ene 2008

La Dirección incumple el Convenio Colectivo

Comunicado:

Ante la situación de ilegalidad que venimos detectando últimamente los Representantes de los Trabajadores, con respecto a la no comunicación previa y documentada por escrito, por parte de la Empresa, de la finalización o reducción de campañas, en CCOO-Bouncopy queremos poner de manifiesto y denunciar con rotundidad el incumplimiento de la Ley (contrato) por parte de la Dirección.

Concretamente se incumple el Art. 17 del vigente Convenio Colectivo, vulnerando nuestro derecho a conocer para defender.

En el supuesto caso de un nuevo incumplimiento, se tomarán las medidas legales más contundentes y se pondrá en conocimiento de las Autoridades Competentes.


Posdata:

(Recordatorio para aquellos que se dan por aludidos y les gusta eso de no respetar el Imperio de la Ley)

El Convenio Colectivo se encuentra regulado en España por el Título III del RDL 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.

La ley establece como representantes de los trabajadores:

- En los convenios de empresa o ámbito inferior, el Comité de Empresa o el Delegado de Personal, o las representaciones sindicales si las hubiere;

- En los convenios de ámbito superior a la empresa:

a. Los sindicatos que tengan la condición de más representativos a nivel nacional;

b. Los sindicatos que tengan la condición de más representativos a nivel de Comunidad Autónoma, respecto de los convenios que no trasciendan dicho ámbito;

c. Los sindicatos que representen a al menos el 10 por 100 de los trabajadores del ámbito territorial y sectorial del convenio.

Más: La ley establece como representantes de los empresarios, en el ámbito superior a la empresa, a las organizaciones que representen al menos el 10 por 100 del empresariado del ámbito del convenio y siempre que al menos representen a igual porcentaje de trabajadores empleados, así como las que tengan la consideración de más representativas a nivel estatal (cuando empleen al menos al 10% de los trabajadores de dicho ámbito) y de CCAA (cuando empleen al menos al 15 % de los trabajadores de dicho ámbito).

Es decir, somos mayoría y además legales, buenos y educados: de paso aprovechamos la oportunidad para recordar a "esa parte" de la Dirección el Título XI de la LO 10/1995, de 23 de noviembre; es decir, ante todo mucho respeto.

Lo que nos vamos a "divertir" nosotr@s ahora y de manera procedente...


(Agradecimientos por todo a nuestr@s ex-compañer@s. Un abrazo enorme)