8 sept 2009

Notas de Prensa 2009

-13 de octubre-

Isabel Sánchez Lozano, presidenta de la Asociación de Contact Center Española

Hola de nuevo compañer@s, si bien diferimos en intereses, apoyamos que el cargo recaiga en una mujer, por el voto obligado de confianza a sus capacidades humanas, que esperamos se basen en el diálogo y la negociación.

Isabel Sánchez Lozano -actual presidenta de Teleperformance- ha sido nombrada presidenta de la Asociación de Contact Center Española (ACE-Fecemd) en la última asamblea celebrada por la asociación el pasado 30 de septiembre, informó en la fecha indicada, ACE-Fecemd en una nota.

Artículo completo en el digital de Europapress.



-15 de septiembre-

Melilla contará antes de finales de año con una nueva empresa de telemarketing que dará trabajo a 300 personas

Hola de nuevo compañeras y compañeros. Como en ocasiones anteriores, volvemos repletos de energía y mucho antes de que termine el periodo estival. A pesar de que estamos viviendo aun tiempos muy, o mejor dicho, muy bastante difíciles, queremos empezar con una buena noticia -aunque esté acompañada de connotaciones políticas-: Melilla contará, antes de que finalice el presente año con una nueva empresa de telemarketing o 'call center' que dará trabajo a 300 personas.

Leer el artículo completo en el digital InfoMelilla.


-14 de mayo-

Miles de personas se manifiestan en Madrid para pedir a la UE unidad de acción frente a la crisis


Más de 150.000 trabajadores y representantes sindicales cortaron hoy el centro de Madrid para denunciar la falta de unidad de acción por parte de la UE y reivindicar un nuevo contrato social que prime los derechos sociales y laborales. El secretario confederal de CCOO, Ignacio Fernández Toxo, pidió también al Gobierno de España que pase de las palabras a los hechos. Javier López, secretario general de CCOO de Madrid, por su parte, se dirigió a los dirigentes y empresarios regionales para decirles "que tomen nota" porque "es la hora del empleo, del salario decente y los servicios de calidad". La concentración multitudinaria desbordó incluso los niveles de asistencia de los últimos 1º de Mayo.

El artículo completo en CCOO-Madrid.



-7 de mayo-

El incremento salarial medio se sitúa en el 2,67% en 2009, según CCOO

El incremento salarial medio pactado en los 3.037 convenios colectivos revisados o firmados hasta abril fue del 2,67 por ciento, 67 décimas por encima del objetivo oficial de inflación, informó hoy la Secretaría de Acción Sindical de Comisiones Obreras.

Artículo completo en ADN.es.


-1 de abril-

Empresa de Contact Center llega a un acuerdo con el Comité para evitar despidos

La empresa Eurocen y los representantes de sus trabajadores han alcanzado un preacuerdo que evitará el despido de 450 empleados que operaban en el departamento telemarketing de la plataforma de atención telefónica que la compañía tiene en A Coruña (...).

El Artículo completo en el digital Galiciae. A Coruña.


-6 de marzo-


Empresario golpea y amenaza a dirigenta sindical de call center Multivoice


Qué "casualidad" que ocurra por estas fechas, algo tan increible, indignante, repudiable y tan grave: 'Al finalizar una negociación colectiva favorable a los trabajadores del call center, dos dirigentas fueron golpeadas por el ejecutivo Marcelo Muñoz. El dueño de la empresa, Gabriel Barrionuevo, les gritó “me las van a pagar hasta el final, las voy a reventar” y no las dejó entrar a trabajar.

Hoy al mediodía diversas organizaciones de trabajadores acudieron a la empresa de call center Multivoice, ubicado en Maule con Santa Elena, para repudiar la agresión sufrida ayer jueves 5 de marzo por la presidenta del sindicato del call center, Tamara Muñoz y la dirigenta Maria Soledad Montalvo y por lo cual fue detenido el ejecutivo de la empresa Marcelo Muñoz'. (...)

Nuestro total apoyo y solidaridad para con nuestras compañeras. Y es que si a estos "presuntos" se les llega a ocurrir, ni remotamente, "amagar", aquí, en España, como que no les queda patrimonio para pañales...

Más información en el artículo completo en el diario digital El Ciudadano. Chile.


-2 de marzo-

Firma india usará call center en Paraguay

La empresa india Flatworld Solutions, cuyo principal negocio es la tecnología, planea concretar, con una empresa local de call center, un outsourcing de servicios en el Paraguay, es decir, contratará servicios de esta empresa, cuyo nombre aún no se dio a conocer, y con lo cual generaría puestos de trabajo en el país (...)

"y si todo va bien, de acá a fin de año se podría hablar de 1.000 posiciones de trabajo. Por un acuerdo de confidencialidad con la empresa, no podemos dar a conocer aún el nombre del call center local”, señaló Gustavo Giménez, gerente de Negocios de la Red de Inversiones y Exportaciones (Rediex).



-26 de febrero-

Javier López, reelegido al frente de CCOO Madrid

Javier López afronta desde este jueves su tercer y último mandato al frente de Comisiones Obreras de Madrid al haber sido reelegido secretario general de la organización con el cien por cien de los votos emitidos.


CCOO-Bouncopy, ha seguido muy de cerca este importante y denso 9º Congreso de CCOO de Madrid, celebrado los días 24, 25 y 26 de febrero. Nuestras más sinceras felicitaciones y apoyo a su excelente labor, como él mismo dice: "las personas pasamos pero las CCOO siguen siendo el instrumento más útil para los trabajadores". Gracias Javier.

Información completa en la edición especial de Madrid Sindical.


-11 de febrero-

CCOO pide gestión pública y homogeneización para el servicio de atención 112

"Este servicio público no puede estar en manos de empresas de telemarketing, donde lo que importa es el beneficio económico y no la calidad de la atención que se presta al ciudadano"...

Además, los representantes de CCOO han hecho hincapié en la necesidad de promover la negociación colectiva dentro del sector ya que, de ese modo, los empleados podrán participar en la determinación del contenido de una política formativa adecuada.

Artículo completo en finanzas.com (noticia EFE).


-13 de enero-

Bouncopy incorporará a 300 jóvenes en Paraguay

Lo cierto es que, liberalismos aparte, gracias a la familia de protocolos TCP/IP, se generan nuevos puestos de trabajo, sacamos partido a muchas cosas y nos enteramos de alguna que otra noticia interesante.., pero a cambio de un precio: En palabras del ministro paraguayo Horacio Galeano Perrone: "esta empresa nos dio a nosotros, a los mejores egresados del departamento Central y de capital, un puesto de trabajo y los chicos están en proceso de incorporarse a esta empresa; son 300 chicos, están entrando en un proceso, es remunerado y con sueldo mínimo, los chicos están entrando en capacitación y van a ser incorporados".

Horacio Galeano Perrone, es el titular de la cartera de Educación y Cultura del gobierno de Paraguay.

Para calcular cifras, recomendamos la lectura del artículo completo en el diario La Nación. No tiene desperdicio.

16 mar 2009

Aprendiendo inglés: Mobbing

Después de dos años, rescatamos de nuevo este artículo, con el objeto de que nos sirva de herramienta útil para detectar este aberrante problema, denunciarlo, y erradicar así el acoso laboral:

Hace tiempo pudimos leer en prensa cómo un juzgado imponía una multa a un funcionario por mobbing –perdón, “muvi” o cinemascope gore para la patronal- esto es el acoso moral en el trabajo.

Suecia fue el primer país en legislar sobre el acoso laboral en 1983, tipificándolo como delito. En nuestro país, la primera sentencia sobre acoso laboral del Tribunal Supremo se emitió el 23 de Julio de 2001.

Vamos a explicárselo a una parte de la estructura –con el debido respeto- como para los trogloditas: el mobbing o también llamado sicoterror laboral en el trabajo es “una situación en que una persona o grupo de personas ejercen una violencia sicológica externa, de forma sistemática (definición estadística: al menos, una vez por semana), durante un tiempo prolongado (definición estadística: al menos durante seis meses), sobre otra persona en el lugar de trabajo” con el fin de castigar a un compañer@/rival válid@ o para ahorrar en finiquitos, sobre todo en periodos de "expansión empresarial".

"Este sicoterror en la vida laboral conlleva una comunicación hostil y desprovista de ética que es administrada de forma sistemática por uno o unos pocos individuos, principalmente contra un único individuo, quien, a consecuencia de ello, es arrojado a una situación de soledad e indefensión prolongada, a base de acciones de hostigamiento frecuentes".

Como consecuencia de la alta frecuencia y larga duración de estas conductas hostiles, tal maltrato se traduce en un enorme suplicio psicológico, psicosomático y social.

Muchos estudiosos explican el origen del mobbing en el deseo intrínseco de poder que tenemos las personas, llegando a haber una mezcla explosiva cuando, en muchas ocasiones, a este deseo se le unen emociones intensas tales como la envidia y actos como la cosificación total del rival.

Según algunas publicaciones, resulta curioso que el perfil del acosado responde al de una persona (se ha encontrado un mayor porcentaje en mujeres), de entre 35 y 45 años, brillante, preparada, responsable, trabajadora, sociable y colaboradora.

El acosador, bajo una apariencia externa de seguridad y firmeza, suele ser una "persona" insegura, perezosa mental, temerosa de perder su puesto de trabajo y capaz de hostigar sutilmente al acosado a lo largo del tiempo, atentando incluso contra la dignidad de la víctima.

En múltiples casos, éste ridiculiza al acosado, y no solo su trabajo, también su forma de vestir, estilo de vida, su voz, gestos…


Cuando el acosador tiene un rol en el trabajo superior al acosado, éste le asigna tareas demasiado complejas para su titulación, o bien demasiado simples y repetitivas, fuera del horario de trabajo si es posible, ocultándole información importante e incluso variando la información sin criterio y de manera continua, diciéndole un día una cosa, y otro otra, con lo cual cargos superiores al acosador reciben un “input” negativo del trabajo y la capacidad que en realidad tiene el acosado.

El acosador esconde información relevante al acosado, y favorece a otros empleados en presencia de la “víctima” fomentando en su interior un sentimiento de injusticia y desigualdad que muy probablemente le traerá repercusiones en su vida personal (ansiedad, depresión, irritabilidad, frustración.., etc.).


Solución patronal

En la actualidad las empresas lo "saben" pero no está del todo "preparadas" para abordar una situación de mobbing; y la mayoría de las veces, ni las reconocen, llegando incluso a veces a despedir a la persona acosada por considerarla injustamente no preparada para el desempeño, y otras tomando parte conciliadora, algo que suele llevar a empeorar el problema.

Hay una serie de factores que pueden empeorar e incluso fomentar el mobbing: el poco apoyo por parte de los superiores, mala organización del trabajo y mala comunicación de superiores a subordinados, aparición de líderes espontáneos y sin preparación o perfil adecuado para el cargo.., etc.

Es curioso, y a la vez lamentable, observar cómo, personas llenas de vida y empuje, acaban sufriendo episodios depresivos, accesos de llanto en el propio trabajo, crisis de ansiedad, estrés.., todo esto mientras un sentimiento de impotencia les llena al verse incapaces de controlar su entorno laboral. ¿Se fomenta así el presentismo?

Son testigos en primera persona, mientras se hace mella en su autoestima, de cómo se tergiversa la realidad, de cómo se transmite a sus superiores una imagen distorsionada de su persona, competencia y profesionalidad, transmitiendo ser una persona inestable e insegura e incluso llegando muchas veces a pensar que es incompetente, poco preparada para el cargo o “problemática” sin serlo en absoluto.

De mientras… observa cómo el acosador, que es consciente de sus propias carencias (a veces falta de competencia para sus tareas, poca seguridad en sí mismo, poco trabajador, poca constancia...), dispone de suficiente habilidad como para transmitir lo contrario, mientras suple sus errores a base del esfuerzo y trabajo del acosado o sus subordinados.

El entorno social del acosado también padecerá las consecuencias del mobbing, ya que convivirán con una persona a la que quieren y la verán triste, amargada, desmotivada, sin expectativas ni ganas de trabajar. La depresión está cerca.


Veamos brevemente qué normativa hay al respecto:

Ley de Prevención de Riesgos Laborales

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales nos dice que "es obligación del empresario la prevención de los riesgos laborales garantizando "una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo", adoptando en el marco de sus responsabilidades "cuantas medidas sean necesarias" para tal fin, siguiendo un sistema de gestión y planificación de las actividades preventivas. Artículo 14.


Jurisdicción Penal

El trabajador podría emprender acciones frente al agresor, bien sea el propio empresario, su representante u otro trabajador, ya sea por coacciones, amenazas, insultos u otros delitos tipificados en nuestro Código Penal.


Jurisdicción Civil

Se podrían entablar acciones de responsabilidad extracontractual frente al agresor o el empresario de éste si es que perteneciera a empresa distinta a la del agredido. (Artículos 1902 y 1903 del Código Civil), ya que: "el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado".

Desde CCOO-Bouncopy os rogamos que denunciéis y nos comuniquéis cualquier caso de acoso manifiesto para tomar las medidas oportunas y contundentes para vuestra defensa. La de tod@s.

(Agradecimientos a Mónica Mendoza y solidaridad con Pablo Díez)



Aunque el tema es extremadamente serio nos permitimos la licencia de dedicar el siguiente 'sketch pedagógico', con "independencia" de género. Lo malo es que, como siempre, la realidad supera a la ficción. Paciencia que el vídeo es largo, pero merece la pena.

A los acosadores aludidos decirles que arrieritos "semos"...



(Agradecimientos simpáticos a "Supermana")

2 feb 2009

Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Según el Real Decreto 928/1998 y la situación económica en la que vivimos (no solamente el Estado –que somos todas y todos- ha de vigilar por el cumplimiento de la Ley, sino que necesita algo más de liquidez, entre otras cosas...); de nuevo aportamos un “master acelerado” que esperamos sea provechoso para todas las partes implicadas y en especial para aquellas y aquellos que no conocen ni cumplen la normativa laboral.

A saber que el principal control de la aplicación de la misma recae sobre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que tiene varias competencias como son:

· Asesoramiento.
· Mediación en Conflictos.
· Suspensión de los trabajos en caso de riesgo grave e inminente de accidente.
· Tarea principal: Inspección propiamente dicha y propuesta de sanción (mínimo 50.000 y máximo 50 millones).

Dicha labor se lleva a cabo mediante visitas a las empresas que pueden realizarse por: iniciativa propia, por orden del Inspector Jefe, o denuncia de cualquier persona. Para realizar su tarea, el Inspector (policía) dispone de amplios poderes: entrada libre sin previa notificación, posibilidad de interrogar al empleador, exigir cualquier documento, etc. Extendiéndose después de la visita, unas notas en el Libro de Visitas para hacer constancia de la misma y levantar acta en caso de que sea necesario. Las Actas pueden ser:

- De Advertencia: en caso de constatar infracciones leves que no supongan daño o perjuicio para los trabajadores.

- Actas de Obstrucción: cuando se perturbe, retrase o impida el ejercicio de sus actividades.

- Actas de Infracción y Liquidación: respecto de las cuotas de Seguridad Social devengadas y no pagadas.

De esta guisa, en el conjunto de España se detectaron –primer semestre 2008- "48.741 infracciones contrarias a la legislación del orden social, afectando éstas a 266.023 trabajadores. El importe de las sanciones propuesto por dichas infracciones ascendió a más de 149,3 millones de euros, de los que 63,5 millones correspondieron al área de seguridad y salud laboral, donde la Inspección descubrió 14.872 infracciones, con un total de 133.786 trabajadores afectados. Tras sus actuaciones en este campo, se paralizaron 768 obras.

En el área de Seguridad Social, donde la Inspección se encarga de vigilar, entre otras cuestiones, las altas y bajas al sistema, las cotizaciones y la recaudación de cuotas, es la que más infracciones registró".

Estas cifras tan desorbitadas merecen, al menos, una reflexión sobre el 'pasotismo' con que muchas empresas se toman la Legislación Laboral y de Seguridad Social en España. Y luego a llorar...

Por supuesto, hay opiniones de toda índole. Siempre se oye la voz de algunos empresarios, altos ejecutivos y 'gurús' económicos que echan la culpa a la crisis, o se aprovechan, y prefieren jugársela y pagar una hipotética multa, por si acaso no les pillan. Realmente, se nos antoja, que ya no es tiempo para eso, sino de bailar por sevillanas... Y no es broma:




(Agradecimientos a Sandra por venir a visitarnos y compartir parte de tu Vida)

29 dic 2008

Notas de Prensa 2007/08


-28 de diciembre de 2008-

El sector del «contact center», uno de los menos perjudicados por la crisis

Aún hay ámbitos a los que la recesión no ha llegado. Ese es el caso del sector del contact center, el germen del outsourcing allá por los noventa, y que hoy goza de un prestigio entonces desconocido. Esa es la conclusión del estudio elaborado por la Asociación de Contact Center Española (ACCE), en el que se pone de manifiesto el incremento en su facturación y contratación de 2007.


Artículo completo en la edición digital del ABC.


-23 de septiembre de 2008-

La Ciudad de Melilla destinará 400.000 euros para la implantación de empresas de Contact Center

Tenemos una buena noticia: su Consejo de Gobierno dio el visto bueno a las bases para la convocatoria del régimen especial de ayudas para la implantación de empresas de Contact Center, más conocidas como ‘call center’ o ‘telemárketing’, a las que la Ciudad Autónoma destinará unos 400.000 euros de una partida económica específica de los Presupuestos de 2009.

La Ciudad Autónoma destinará dicha cantidad, cuyas bases fueron aprobadas ayer por el Consejo de Gobierno, para facilitar la llegada de estas empresas y crear puestos de trabajo en Melilla.

Artículo completo en la edición digital de Melilla Hoy.


-28 de mayo de 2008-

El MIC de Paraguay se une a Copaco para presionar a Bouncopy

Compañer@s, parece que continúa el culebrón:

El Ministerio de Industria y Comercio, a través de su titular, Juan Ramón Ibarra, al contradecir sus propias declaraciones hechas a la prensa, recomendó a la Copaco exigir a la firma española de “call center” Bouncopy, fuera del contrato firmado el año pasado, a comprometerse a crear más puestos de trabajo si pretende acceder a una nueva línea de comunicación internacional.

Artículo completo
en ABC Digital. Asunción - PARAGUAY.


-6 de mayo de 2008-

BOUNCOPY, ¿"A PUNTITO" DE ABANDONAR PARAGUAY?

Como en algún que otro artículo publicado ya mencionamos aquello de "más vale la amenaza que la propia ejecución", sobre todo si se trata de dinero:

La única inversión importante en telecomunicaciones que el gobierno de Nicanor Duarte Frutos logró atraer en cinco años, la empresa de servicios telefónicos a distancia (call center) Bouncopy, está a punto de marcharse del país luego de operar más de un año a pérdidas. La causa: el monopolio del acceso a Internet ejercido por la empresa estatal Copaco.

Artículo completo en la edición impresa de La Nación. Asunción - PARAGUAY.

Os mantendremos informados para seguir luchando juntos por nuestros derechos!!!


-20 de febrero de 2008-

PUBLICADO el IV CONVENIO de CONTACT CENTER


Siguiendo el procedimiento legal habitual, el BOE núm. 44 del 20 de febrero de 2008, ha publicado y registrado para el conocimiento de tod@s, la RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, acerca del IV Convenio colectivo estatal del sector de Contact Center.

De momento por Ley, esto es lo que hay. Y como no estamos conformes con la realidad, os animamos a seguir luchando juntos por nuestros derechos, para mejorar nuestras condiciones de trabajo y satisfacer nuestras necesidades sociales.


-3 de febrero de 2008-

Condenado un empresario de Sevilla por hacer 'mobbing' a una empleada durante años

  • La discriminó laboralmente, la dejó aislada, sin ordenador y sin ocupación efectiva
  • La despidió dos veces sin motivo e incumplió tres autos de readmisión obligatoria

Como comprobareis, el viejo dicho de que "a cada cerdo le llega su San Martín" se pone de manifiesto y se refuerza en este aberrante caso de mobbing -o "muvi" para los que tienen 'carrera'-.

Como indica el principio jurídico: el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento..., imaginaos lo que puede suceder cuando se conoce y se salta a la torera...

Artículo completo en el Diario El Mundo. EFE - SEVILLA.

(Solidaridad con
M.D.C. y todas las víctimas del sicoterror laboral)


-5 de diciembre de 2007-

FIRMADO EL IV CONVENIO


Tras la firma el pasado 22 de noviembre del preacuerdo de cierre de convenio, el cual consideramos insuficiente para nuestra estabilidad y poder adquisitivo como ya os informamos, hoy 5 de diciembre los sindicatos mayoritarios, COMFIA-CCOO y FES-UGT, han procedido a la firma del Convenio Colectivo que será el marco legal en el que se desarrollará el sector, que pasará a denominarse desde ya como CONTACT CENTER (centro de contacto) durante los próximos tres años.

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-1 de noviembre de 2007-

Los datos personales de los españoles hacen las Américas

La transferencia de información personal de clientes a países con un nivel menor de protección respecto a Europa se ha multiplicado exponencialmente en los últimos años.

"Nombre, DNI, dirección, teléfono, estado civil, datos de familia, características físicas o antropométricas, características de la vivienda, situación militar, pertenencia a clubes, aficiones, formación, suscripción a publicaciones, datos bancarios, tarjetas de crédito y transacciones financieras".

Son un ejemplo real de los datos de más de 40 millones de españoles, clientes y en ocasiones potenciales clientes de una compañía de telefonía, que son transferidos a call centers de un "país que no proporciona un nivel de protección equivalente" al de las leyes de protección de datos europeas. Este traspaso de información sensible es hoy una práctica habitual y el principal receptor de datos es América Latina.

Las compañías están obligadas a pedir autorización a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para transferir la información. Según figura en los expedientes de dicha agencia, a comienzos de 2001 no se tenía experiencia alguna sobre cómo autorizarlo.

Nunca se había solicitado. La deslocalización por el ahorro de costes ha llevado a que se autoricen 30 expedientes de envío de datos sólo de compañías telefónicas. Chile, Perú y Colombia son los principales destinos. Pero hay otros. Telefónica rompió el hielo en 2001 solicitando que la autorizasen a enviar datos a Tánger (Marruecos).

Lo hizo a una filial suya, Atento. La explosión de esta práctica en los años 2006 y 2007 ha modificado la fórmula. Ahora lo habitual es ceder los datos a una empresa externa, con Sitel y Unísono entre las más contratadas.

Artículo completo en el Diario Público. Por Ana Tudela - MADRID.



-19 de marzo de 2007-

Sentencia

El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los trabajadores de Telemarketing a complemento salarial por trabajo en festivos y domingos.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en sentencias de 2 y 12 de febrero de este año ha declarado el derecho de los trabajadores de dos empresas del sector de telemárketing: Atento Telecomunicaciones España S.A y Empresas Europeas de Contratas (EUROCEN S.A.) respectivamente, al percibo del complemento salarial por trabajo en festivos y domingos, en la retribución de la paga de vacaciones.
Sostiene el Tribunal Supremo que el art. 7.1 del Convenio nº 132 de la OIT, ratificado por España en virtud de Instrumento de 17 de junio de 1974, dispone que durante las vacaciones percibirá el trabajador “por lo menos su remuneración normal o media calculada en la forma que determine en cada país la autoridad competente o el organismo apropiado. Precepto que ha sido interpretado reiteradamente por esta Sala en el sentido de que “el convenio colectivo puede apartarse de tal regla de remuneración normal o media”, en virtud de la fuerza vinculante de los convenios colectivos que proclama el art. 37.1 de la Constitución, con base en el respeto y aplicación del principio de autonomía colectiva”.
No obstante, como el Convenio de Telemarketing no establece nada sobre la forma de retribuir el período vacacional, limitándose a establecer su duración, habrá de acogerse al criterio de la “remuneración normal o media”, lo que ha de entenderse como el promedio de la totalidad de emolumentos que corresponden a la jornada ordinaria.
En consecuencia, según el Gabinete Jurídico Interfederal de CC.OO. que ha llevado este asunto, esta línea jurisprudencial del Tribunal Supremo sería aplicable a todas las empresas a las que es de aplicación el convenio de Telemarketing, que tendrán que abonar durante las vacaciones, el complemento salarial por trabajar en domingos y festivos.


-13 de octubre de 2003-

Recordemos: El Supremo limitó el telemárketing

Las empresas de asistencia telefónica (telemarketing) son a veces tapaderas para 'degradar artificialmente la condición laboral de los trabajadores'. Así lo estimó el Tribunal Supremo en una sentencia dictada el 3 de septiembre de 2003, que generó una gran polémica en el sector.

Los sindicatos llevaban años denunciando la situación laboral de los más de 70.000 profesionales que trabajaban en telemárketing.

El Supremo reconoció, en una sentencia contra la actualmente Vodafone, que la práctica de recurrir a estas compañías, utilizada sobre todo por operadoras de telefonía y entidades bancarias, supone 'cesión ilegal de trabajadores' cuando los empleados subcontratados trabajan en la propia empresa contratante y son supervisados por ésta, pero tienen un convenio laboral diferente.

La práctica considerada ilegal por el alto tribunal está siendo cada vez más utilizada por grandes empresas españolas y por organismos de la Administración y Ayuntamientos.

Con este modelo de negocio, la empresa recurre a la contratación de cientos de trabajadores para llevar a cabo una campaña determinada a través de una compañía de telemarketing...

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3 dic 2008

Solidaridad con las víctimas del terrorismo

Ignacio Uría

Siempre, pero sobre todo en estos tristes momentos, es cuando todos tenemos que aparcar nuestras diferencias y unirnos con fuerza en nombre de la Paz, la Justicia y la Libertad. Por las víctimas. Por un futuro sin violencia. Por respeto a la Vida.

De nuevo, en nombre del Comité de Empresa Bouncopy y sus secciones sindicales, manifestamos nuestra repulsa y condena a este cobarde asesinato, obra de la banda terrorista ETA. Estamos más que hartos.

Nuestra total solidaridad y apoyo a la familia, amigos, y compañeros de Ignacio Uría, un trabajador incansable.

Todos contra ETA. Todos contra el terror.

22 oct 2008

Aprendiendo Derecho

Introducción

El derecho en general y en especial el relativo a lo laboral, resulta ser más indescifrable y oscuro que el Oráculo de Delfos. Aquí encontraréis algunas herramientas necesarias y suficientes para mejorar las condiciones de trabajo con total autonomía en cualquier área. Os animamos a participar y cualquier apoyo es bienvenido:

Para empezar, parece obvio que cualquier negocio subcontratado es rentable (de lo más; ya que se trata de una intermediación subriesgo también). Si duramos en el puesto es porque “la cosa va bien”, el cliente "lo quiere" y paga por ello. Pero llega la excusa "ferpecta": "¡ay! qué pobrecitos “semos”, qué mala suerte que no encontramos profesionales en nuestro país y por ello nos tenemos que ir a buscarlos al exterior y, de paso, reducimos costes...". No hay derecho.

Esto viene a colación de que, para "colaborar" en ese "gran" proyecto, en ocasiones firmamos por necesidad lo que sea, sin leer detenidamente el contrato pertinente, en cualquiera de sus expresiones (individual o colectivo, sea con una empresa pública -estabilidad- o una privada -a saber-, etc.).

A saber que un contrato firmado representa una serie de "derechos" y obligaciones legalmente adquiridos y/o exigibles; cierto es que se puede romper unilateralmente en cualquier momento, pero, a menudo, ni tan siquiera conocemos nuestros derechos una vez que se extingue dicho acuerdo contractual.

Concretando ideas: ¿sabemos lo que es un contrato en condiciones? ¿y las claúsulas adicionales del mismo?, ¿en qué consiste un convenio colectivo?, ¿y la jornada laboral pertinente?, ¿cómo calcular el salario?, ¿he percibido mi justa indemnización?, ¿y la transparencia de incentivos?, ¿me descuentan más de lo debido?, ¿tenemos derecho a remuneraciones especiales?, ¿nos pueden cambiar el turno deliberadamente?, ¿qué es un ERE? ¿y para qué los sindicatos?, ¿sabemos, en definitiva, lo que firmamos?, ¿existe la formación de calidad?, ¿hay otras empresas o alternativas de trabajo?,..

Las respuestas a éstas y a otras cuestiones, vendrán en lo sucesivo gracias a vuestra colaboración, para conocer nuestros derechos y deberes como trabajador@s para nuestra defensa. Depende de tod@s los niveles que haya calidad de trabajo y, por tanto, de Vida.

En conclusión, nosotros también tenemos reglas:

"Norma" I: Pase lo que pase, ante todo mucha calma.



"Norma" II: Pase lo que pase, que sea improcedente.




A continuación os dejamos con algunas de vuestras "FAQ":

¿Qué hago si no me pagan la nómina? (Joldi)

1. FALTA DE PAGO O RETRASOS CONTINUADOS DEL SALARIO PACTADO

Lo primero y fundamental antes de emprender cualquier tipo de acción judicial, es actuar con un poco de sentido común y cerciorarse que el impago de la nómina no se haya debido a un error material, omisión involuntaria, malentendido o como se le quiera llamar, y que por lo tanto no sea atribuible a una situación de flagrante morosidad de la empresa.

Todo ello, sin perjuicio de que si finalmente cobramos con retraso nuestra nómina, sea por la causa que sea, estamos en nuestro derecho de reclamar el 10% de interés por mora que estipula el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. A más a más una vez que sea firme la sentencia en sala laboral, podríamos interponer una demanda civil por resarcimiento de los daños y perjuicios que tal retraso nos hubiera podido ocasionar (p.ej. comisiones bancarias por descubierto), si bien, al ser un juicio civil deberíamos ir con abogado y podría haber condena en costas.

Si desafortunadamente confirmamos la morosidad de la empresa y sospechamos que la previsible situación de insolvencia no tiene pinta de enderezarse a futuro, lo más aconsejable es presentar una demanda de reclamación de cantidades a los Juzgados de lo Social, previo intento de conciliación en el SMAC. Cabe recordar que el procedimiento de reclamación de cantidades tiene un plazo de prescripción de un año. Con la interposición de esta demanda, obtendremos las siguientes ventajas:

– Evitar el alzamiento de velo en el patrimonio del empresario, esto es, un blindaje de su patrimonio personal para preservarlo de la caída de la empresa.

– Adelantarnos a todo el proceso concursal al que seguramente deberá acogerse la empresa, lo que nos permitirá asegurarnos la preferencia en las anotaciones de embargos sobre bienes, maquinaria y locales de la empresa, y en consecuencia, ser los primeros en cobrar. Hay que recordar que con la última reforma de la ley concursal, los sueldos de los trabajadores han perdido gran parte de la consideración de deuda preferente (sólo gozan de esta consideración los últimos 30 días).

Si la total falta de pago continua en los próximos dos/tres meses, podremos solicitar la rescisión indemnizada de la relación laboral por incumplimiento grave del empresario ( por falta de pago, art. 50.c del E.T.) a razón del mismo importe que el despido improcedente (45 días/año trabajado con un máximo de 42 mensualidades) en lugar de los 20 días/año trabajado con un máximo de una anualidad y con tope de 69.86 €/día que cobraríamos con bastante tardanza de FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) si la empresa se declara insolvente.

La rescisión indemnizada del contrato de trabajo por el art. 50 del E.T. también se podrá solicitar cuando el empresario incurre en retrasos constantes en el pago del salario acordado. Se ha de entender este incumplimiento como grave, continuado y persistente, por tanto no debe de tratarse de un mero retraso esporádico en el abono de salarios, sino continuado y persistente, que tiene verdadera trascendencia por ser incumplimiento grave del empresario a más a más de no exigirse su culpabilidad. Acudiendo a sentencias de tribunales superiores hay sentencias que con 3/4 meses de retrasos ya reconocen la gravedad del incumplimiento.

En ambos casos (tanto falta de pago como retrasos) para ejercitar la acción de la rescisión indemnizada de tu contrato laboral según el art. 50 del ET es requisito imprescindible que el vínculo laboral de mantenga vigente, esto es, que el día del juicio el trabajador permanezca en situación de alta en la empresa.

Por último, tanto en supuesto de falta total de pago como de retrasos periódicos siempre le cabrá al trabajador la opción de interponer una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, con una multa que le puede caer al empresario que puede ascender de entre 6.251 a 187.515 euros


2. PROCESOS CONCURSALES

La ley concursal ha tratado de fijar los mismos requisitos que para un proceso laboral a efectos de intervención de los trabajadores en el concurso. Los trabajadores no precisan ir representados ni por abogado ni de procurador, a priori. No obstante, el consejo es ir representado colectivamente por un abogado que entienda de proceso concursal.

Si la empresa no tiene viabilidad, pues casi siempre se llega tarde al concurso, la Administración concursal pediré el cese de actividades lo que comportará extinción de contratos de trabajo con indemnización de 20 días de salario/año (probablemente no haya dinero y sólo los trabajadores cobren 25 días del FOGASA como mucho, el resto a la masa). Para cese y extinciones el Juzgado les pedirá a los trabajadores para negociar extinción de contrato también (ojo, los administradores concursales no suelen saber laboral, es competencia nueva con esta ley nueva, y casi lo dejará a la empresa y un representante de trabajadores). Los últimos 30 días de salario antes de concurso son superprivilegiados, se pagarán por la Admón. concursal en cuanto entre a tomar posesión y vea los créditos. El resto de salarios, incluida indemnización por despido colectivo es crédito contra la masa (se cobra según va venciendo, pero la práctica, y cuando no continua la empresa, es que ese pago no es prioritario y se puede dejar aparcado frente a otros mas esenciales, pasando a cobrar probablemente del FOGASA porque no quede dinero para pagar ni los gastos de concurso, que es habitual; es bueno pedirlo al FOGASA en cuanto haya informe de la admón., ¿para qué esperar?). El concurso supone un paréntesis, lo anterior es deuda "concursal", se paga si hay dinero y a proporción. Lo posterior: créditos contra la masa, es decir, vuestros salarios e indemnización, se pagan al vencimiento, pero puede que no sea pago prioritario, si, por ejemplo, se cierra la empresa.

Además del período de 15 días para negociar indemnización por extinción y todo eso, si el concurso es voluntario, probablemente no se haya sustituido a los administradores de la empresa (es la regla), pero es habitual también que el administrador concursal se reúna con los trabajadores para explicaros de que va la historia. De todas formas, será voluntario casi seguro, los administradores de la empresa siguen tomando decisiones, pero con visto bueno del administrador concursal. Éste reconocerá las nóminas automáticamente como créditos contra la masa, aunque no las pague, si es el caso. Poner demanda en juzgado de lo social no resuelve mucho, pues no se podrá ejecutar. Depende mucho, pero si va a cierre de empresa, lo suyo es esperar el informe del administrador concursal reconociendo créditos y pedir al FOGASA los salarios, y lo que falte, como crédito en el concurso, subrogándose en lo pagado el FOGASA.


En definitiva, ahí quedan las acciones a seguir para los trabajadores en supuestos de morosidad y/o insolvencia empresarial desde una perspectiva de procedimiento jurídico, para otro tipo de actuaciones para cobrarse la nómina, sean más o menos drásticas, las dejo a imaginación y gusto del consumidor.

Salud y Trabajo.


¿Me puede despedir la empresa cuando quiera?
(Pablo)

Debido a la cantidad de despidos que se están dando en el sector y particularmente en Bouncopy, es nuestro deber recordaros, de nuevo, que lamentablemente la Ley así lo permite aunque no estemos de acuerdo con ella: aunque parezca increíble, en España el despido es libre -pero no gratuito-, incluso estando de baja laboral (¿y cómo buscar otro empleo en esta situación? ¿es esto justo?) que no sea por razones especialmente protegidas como la maternidad, etc; con el fin de reducir el absentismo que tanto caracteriza al sector, o a saber porqué otros motivos (¿la crisis financiera?). No hay derecho.

El caso es que, si la empresa considera que eres "perjudicial" para su "salud", el despido se notifica normalmente por escrito como disciplinario y, además de manera improcedente (es lo más práctico y sencillo: se argumenta el cese por bajo rendimiento -no queda otra puesto que se sigue captando o recolocando personal-, y de paso se ahorran gastos en litigios). Tan solo resta que la trabajadora afectada o el trabajador afectado perciba todos sus derechos de acuerdo a la Ley.

Para estos y otros casos, estamos cualquier representante legal de los trabajadores a vuestra entera disposición. Y recordad: antes de firmar algo, sobre todo si no os parece claro, consultadnos previamente cuando lo estiméis oportuno.

Salud y Trabajo.


¿Me pueden salir vacaciones "negativas"? (Carina)

Cuando hablamos de vacaciones liquidadas en el finiquito nos podemos encontrar con que éstas son negativas.

Hablamos del caso en el que el trabajador ha disfrutado más vacaciones de las que le correspondía. La empresa previamente pagó por ellas en la nómina, y ahora el trabajador, que no ha pasado suficiente tiempo en la empresa como para acumular todas esas vacaciones disfrutadas, tiene que devolver todo o parte de lo recibido por tal concepto (vacaciones).

Suponiendo que tuviera que devolver 200€ brutos en total, cabe preguntarse qué va a pasar con la cantidad cotizada a la SS y con la retenida a Hacienda por tales 200€ brutos de vacaciones a devolver.

En Hacienda

Partiendo del hecho de que las vacaciones son un concepto enteramente sujeto a retención, la base de retención de -200€ se suma a la que conforme el resto de la liquidación

1000+(-200)= 800€ de base de retención.

Por lo tanto el trabajador recuperará en su nómina las retenciones que se practicaron sobre sus 200€ brutos. Hace caja de forma instantánea. La empresa lo recuperará más adelante al declarar las bases y retenciones de todos sus trabajadores, en el modelo habitual o mediante declaración complementaria.

En la declaración de la renta figura entonces que en lugar de, imaginemos, 24.000€, ganaste 23.800€. Y las retenciones se ajustan a esa nueva cantidad.

En la Seguridad Social

Aquí la cosa cambia. En la nómina debe introducirse los -200€ como una incidencia que NO cotiza.

El trabajador por lo tanto no recupera la cantidad cotizada en su momento.

Y es que la Seguridad Social no acepta una liquidación de vacaciones negativa, porque implica restar cotizaciones por los días trabajados.

La mayoría de las prestaciones de la SS se basan para su cálculo en los días trabajados por un lado y en el importe de esas cotizaciones por el otro. La particular forma de cotización de los días de vacaciones liquidadas hace que los días de vacaciones se SUMEN a la cotización de los días efectivamente trabajados. Si pudieran restarse, darían como resultado que se trabajó algún día y que no se cotizó por él, cosa inadmisible en nuestro sistema de seguridad social, para el que:

DIA TRABAJADO = DIA COTIZADO

Para entender la particular forma de cotización de las vacaciones liquidadas, puede que te interese el siguiente enlace:

Liquidación de vacaciones y cotización hacia adelante
.

Esperamos vuestra participación!!!

(Agradecimientos a vaxxxko, a tusnominas, a Joldi, a Pablo, a Carina y al directum)

1 oct 2008

Abuso de Autoridad

De un tiempo a esta parte, varios trabajadores de una campaña , ubicada en la 2ª planta del edificio Aragón, nos han transmitido quejas, bien verbalmente y en algunos casos incluso por escrito, acerca del comportamiento abusivo y autoritario de un mando intermedio.

Estos trabajadores en la mayoría de los casos, han sido sometidos a una excesiva presión por parte de su superiora, la cual ha llegado a menoscabar, amenazar y humillar a los teleoperadores desde su posición jerárquica.

Todos estos comportamientos se han transmitido a la dirección de la empresa, con la intención de que se corrijan estas actitudes. No obstante, hasta el momento, desconocemos que se haya tomado alguna medida disciplinaria contra esa supervisora, la cual ha seguido impune y reiteradamente incidiendo en su actitud de prepotencia.

Todo esto además se agrava cuando, una delegada de personal, en el uso de sus funciones, e intentando canalizar las quejas de sus compañeros, ha sido amenazada por otro superior, si no cejaba en su empeño de informar de estos abusos, lo cual atenta directamente contra la Constitución y la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

Si la ley es igual para todas y todos, esperamos que haya una rectificación por parte de la empresa, y que ésta tome las medidas pertinentes ante estos comportamientos aplicando el régimen disciplinario, el cual parece que en muchas ocasiones se aplica exclusivamente para la parte más débil. En caso contrario, lo pondremos en conocimiento de las Autoridades Competentes.

Os invitamos a poner en nuestro conocimiento, si fuera preciso, este tipo de actitudes en otras campañas.

(Más información en el Boletín CCOO-Bouncopy nº 3)

Para ilustrar el artículo, hemos seleccionado de nuevo el vídeo que muestra las conclusiones de algunos directivos y empresarios acerca de lo nocivo que resulta para una empresa la existencia de jefes/as tóxicos frente al líder emocionalmente inteligente:




Rectificar es de sabios, ¿verdad?

(Agradecimientos a tod@s l@s compañer@s emocionalmente inteligentes)

28 abr 2008

Actualidad en Bouncopy

-28 de abril de 2008-

Día Internacional de la Seguridad y Salud en el Trabajo

En este 28 de Abril, CCOO-Bouncopy, recordando a todas las víctimas del trabajo, nos solidarizamos con ellas y sus familias y reafirmamos nuestro compromiso en la lucha por unas mejores condiciones de trabajo y por la salud laboral para todas y todos los trabajadores, temporales y fijos, nacionales y extranjeros, hombres y mujeres, jóvenes y mayores,...; porque la salud y la seguridad en el trabajo es un derecho de todos y para todos que no admite excepciones ni exclusiones.

Aunque se han visto algunos cambios favorables en los últimos tiempos, fruto de la lucha de los sindicatos, la mala praxis de las mutuas, que durante el año 2007 declararon muchas menos enfermedades profesionales que en años anteriores, ha frustrado muchas de las expectativas. Por eso, CCOO pide la remodelación de la dirección de las mutuas con la presencia de los sindicatos en sus órganos directivos.

En cuanto a Bouncopy, sus Delegados PRL venimos luchando por unas mejoras ergonómicas, psicosociales y de organización.

Valoramos muy positivamente el acuerdo del Comité de Seguridad y Salud de un proyecto piloto para establecer un servicio de foniatría que comenzaría con cursos especializados en el tema.

Pero no podemos dejar pasar por alto que algunos mandos intermedios (insistimos, algunos) perjudican gravemente la salud de los trabajadores que tienen a su cargo. Y esta actitud no sólo perjudica a la plantilla, sino incluso a la propia empresa. Una empresa que no vea su mayor activo en sus recursos humanos, está en peores condiciones de competir en la crisis que ya tenemos encima.

Hemos seleccionado para este artículo un vídeo al que no se le podrá tachar de sindical. Son conclusiones de empresarios indicando donde apuntan las nuevas directrices en el liderazgo de empresas:





-3 de abril de 2008-

Bouncopy, el arte de incomunicar

La empresa, una vez más, ha dado muestras nuevamente de su talante inquisidor, censurador y antisindical amenazando, intimidando y coaccionando a los representantes de los trabajadores cuando, haciendo uso de sus funciones, trataban de informar a los trabajadores de Bouncopy.

Ignoramos el motivo de esta actitud prepotente, explosiva y represora, ¿será que la empresa no quiere que los trabajadores sepamos lo que realmente está sucediendo? ¿o la única realidad que existe es lo que te cuentan en su revista?

Nosotros, que sí creemos en la libertad de expresión, lo único que pretendemos es informaros de todo lo que nos afecta, y no estaremos tan confundidos cuando la empresa se rebota con nuestra información y no nos dejan comunicarla.

Es por este motivo que nunca cejaremos en nuestro empeño de informaros y defender vuestros derechos.

¡Ni nos domaron, ni nos doblaron, ni nos van a domesticar!





-24 de enero de 2008-

Confirmado: el camarote de los Marx es para los DOS Comités de Empresa

Como geniales cómicos que somos lo primero que hemos hecho es echarnos a reir. Ahora estamos los Comités de SA y SL en el mismo micro-camarote pero ya con luz-calefactora, voz y contenidos. No obstante, sea donde sea, siempre os seguiremos atendiendo a tod@s para defender vuestros derechos.

Por cierto, contra la arrogancia el humor, quién ríe el último ríe mejor:



Por eso recomendamos a la Dirección que repase el RD 486/1997, de 14 de Abril, por si acaso...


-15 de noviembre de 2007-

Ya tenemos el camarote de los Marx, pero ¿para cuántos Comités de Empresa?

Tras justo DOS meses después del traslado al Edificio Aragón y varias peticiones, la Dirección ya nos ha entregado un super local, tan "super espacioso" que por ello será compartido con nuestros compañer@s del Comité de Bouncopy S.L. para atenderos... ¿adecuadamente?.

Estamos en lo que fue la anterior consulta del médico y del fisioterapeuta (¿cómo narices podían trabajar ahí estos profesionales?) en la primera planta a la derecha -frente a la sala U-; así que ya lo conoceis y sabéis donde estaremos, si es que cabemos.

Por lo demás este macro local dispone de la última tecnología: luz insuficiente -tanto natural como de neón-, un splinker de casualidad por ahí perdido, dos mesas que ocupan la mitad del espacio, de calefacción disponemos de la "peotérmica" que es más humana y natural, y quedan todavía por habilitar los puntos de voz y datos.

La imagen de la derecha, muestra el "sin manos", o sin nada, facilitado.

A continuación un par de detalles del camarote con tres de nuestros sufridos compañer@s. Sentimos no poder ofrecer medidas reales puesto que no cabía la cinta métrica:


Por tanto, gracias a la consideración y respeto ofrecidos por la Dirección -así va España-, las asistencias, reuniones y plenos que hagamos se celebrarán, según se pueda y de forma aleatoria en las supersalas que nos vayan dejando, que están sujetas a disponibilidad, o mejor en los pasillos... Y es que luego dicen que no paramos de pedir derechos; disculpad, de nuevo, las molestias. Gracias.


-27 de septiembre de 2007-

Fue noticia:

Como sabemos, cualquier campaña es rentable por el mero hecho de existir. Veremos y os informaremos de lo que nos depara el futuro de acuerdo a lo publicado en la versión digital del cinco dias. Os mantendremos informados y lo celebraremos cuando se generen nuevos y mejores puestos para ganarnos la vida de la manera más honrada posible.


-14 de septiembre de 2007-

Mudanza de San Romualdo a Alcalá

A partir del 17 de septiempre de 2007 todas las actividades de la plataforma de San Romualdo pasan a ejercerse en el Edificio Aragón sito en la calle Alcalá 506.

Desde Comisiones Obreras apostamos por fomentar un clima laboral mejor del que respirábamos últimamente en la anterior planta y contar con los medios necesarios, tanto técnicos como humanos, para mejorar la salud laboral que tanta falta nos hace.


-19 de diciembre de 2006-

Dime quién eres...

Se supone que ya fuimos informados de la curiosa noticia que se publicó en el portal de finanzas.com, ¿cómo no? Pero ¿quién coño es 3i?