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27 oct 2010

Concurso de Acreedores

El concurso de acreedores es el procedimiento judicial para resolver la situación de insolvencia de una empresa instaurado a partir de la entrada en vigor de la Ley Concursal de 9 de julio de 2003 (Ley 22/2003). El concurso de acreedores sustituye a la antigua suspensión de pagos.

Se conoce como deudor cualquier persona física o jurídica que realice actos de comercio y caiga en insolvencia. Se denomina acreedor a toda aquella persona física o jurídica a la que se le adeuda una cantidad por motivos comerciales.

El concurso de acreedores tiene como objetivo la supervivencia de la empresa deudora y satisfacción de los créditos de los acreedores, por lo que en este sentido es un procedimiento de gran interés para proveedores, trabajadores y entidades financieras.

La Ley Concursal 22/2003 establece por tanto los mecanismos mediante los cuales los acreedores se agrupan para recuperar sus créditos pendientes.

El Juzgado Mercantil es el órgano competente para tramitar los procedimientos concursales. La competencia territorial se determina conforme al lugar donde se halle el centro de intereses principales del deudor. Si el deudor es una persona jurídica se presume que dicho lugar coincide con su domicilio social.

Dependiendo de quién realice la solicitud de declaración de concurso se distingue entre concurso voluntario o concurso necesario. El concurso de acreedores voluntario es aquel en el que la declaración de concurso es solicitada por el deudor. Mientras que el concurso de acreedores necesario es aquel en el que la solicitud es presentada por uno o varios acreedores. Teniendo ambos tipos de concurso como presupuesto objetivo que el deudor se encuentre en estado de insolvencia.

La solicitud de concurso da lugar a un procedimiento que consta de dos fases: la fase común y la fase de convenio o liquidación. La fase común se inicia con la declaración de concurso, que produce una serie de efectos sobre el deudor y los acreedores, y también sobre los créditos y contratos suscritos por el concursado. Si el concurso de acreedores es voluntario, el deudor conserva, en principio, las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando éstas sometidas a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o conformidad. Sin embargo, si el concurso de acreedores es necesario, se suspende al deudor en el ejercicio de estas facultades, siendo sustituido por los administradores concursales.

Independientemente del tipo de concurso, la declaración de concurso no interrumpirá la continuación de la actividad profesional o empresarial que viniera ejerciendo el deudor.

El procedimiento concursal se divide en 6 secciones:
  • Sección Primera: comprende todo lo relativo a la declaración del concurso, medidas cautelares, resolución final de la fase común, conclusión y, dado el caso, apertura del concurso.
  • Sección Segunda: comprende todo lo relativo a la administración concursal, nombramiento y facultades de la misma, rendición de cuentas y responsabilidad de los administradores concursales.
  • Sección Tercera: comprende todo lo relativo a la declaración de la masa activa, acciones de reintegración y reducción, realización de bienes que y derechos que forman la masa activa, pago de los acreedores, las deudas de la masa, inventario de la masa activa.
  • Sección Cuarta: comprende todo lo relativo a la determinación de la masa pasiva, comunicación, reconocimiento, graduación y clasificación de los créditos; así como los juicios contra el deudor que se acumulen al concurso y las ejecuciones que se inicien o se reanuden contra el concursado.
  • Sección Quinta: comprende todo lo relativo o bien al convenio o bien a la liquidación.
  • Sección Sexta: comprende todo lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.
(Extraído del Foro Concurso de acreedores, empresas en concurso de acreedores, suspension de pagos, concursos y ley concursal)

29 sept 2010

Derecho a la huelga y derecho a trabajar...

Hay que recordar que aunque esté convocada una huelga general en todo el estado español para defender los intereses de la clase trabajadora, existe el derecho a trabajar.

Si eres de los que quieres ejercer el derecho a trabajar, no olvides que también existen otro tipo de derechos que nadie debe arrebatarte:

- Derecho a que te alarguen la edad de jubilación hasta los 67 años o incluso a los 70, aunque estés para el arrastre. Fundamental.

- Derecho a que te suban los años de cotización para que puedas cobrar menos jubilación. Que no te quiten este derecho.

- Derecho a que te bajen el sueldo. Defiéndelo.

- También tienes derecho a que te despidan si tu jefe ha previsto pérdidas para el año que viene. Esto es importante.

- No olvides tu derecho a que tu jefe se pueda saltar el convenio y ofrecerte unas condiciones de trabajo individuales por debajo de los mínimos estipulados en convenio.

- Defiende el derecho a que te puedan despedir en cuatro días, a pesar de que hayas decidido trabajar en un día de huelga.

- Te corresponde el derecho a que te despidan por casi la mitad de dinero.

- Derecho a pensar que no vamos a conseguir nada con la huelga. Es mejor quedarse quietos y no hacer nada. Aguantaremos con lo que venga y ya está. Es por nuestro bien.

- Que nadie te quite la ilusión de heredar la empresa. Estaría bueno.

- Tienes derecho a "pasar" de los sindicatos, porque son todos iguales. Lo único que quieren es ganar dinero sin trabajar. Van a lo suyo y son todos unos chupópteros ¡todos! Incluso los que son trabajadores, que no tienen liberados, que se gestionan con la cuota de sus afiliados y no cobran un euro del estado. A ti no te la dan.

- Tienes derecho a ponerte en lugar del empresario. Cuántos problemas tiene, no como tú, egoísta.

- No renuncies al derecho de entregar tu dinero (dinero público) a los bancos, para que se puedan hacer recortes en gastos sociales e infraestructuras. ¿Para qué queremos tantos hospitales o escuelas? Lo primero es la banca, que está sufriendo mucho.

- Pero sobre todo, que nadie te quite el derecho a dejar un mundo peor para tus hijos, dilapidando los pocos derechos que nos quedan y que nuestros antepasados conquistaron con sangre, sudor y lágrimas. Que les den por saco, di que sí.

(Agradecimientos a 'Natural', aunque sea de la "competencia", por rescatarlo en Público.es)

27 may 2010

Consultorio sentimental del empresario (o recursos inhumanos)

Para no ser injustos y que no se nos tache de sindicalistas inauguramos una nueva sección basada en hechos reales, en casos verídicos, auténticos, dedicada a resolver las dudas laborales de aquellos empresarios y directivos de todos los sectores que, carentes de una competencia intelectual adecuada, nos invaden con preguntas para resolver sus problemas de RRHH e incrementar sus patrimonios.


Por deseo expreso no se publican sus nombres. He aquí algunas de sus preguntas más frecuentes y las correspondientes y dicharacheras respuestas a cargo de nuestros reputados asesores que figuran en sendas fotos:



FAQ:

* La mayoría de mis empleados tienen concedido, de parte de un tal llamado convenio, el típico descanso para descansar y encima comer algo ¿eso tiene que estar retribuido? ¿No es mejor que me paguen a mí por permitírselo yo? Un saludo.

- Querido amigo, en el fondo tienes razón, pero de acuerdo a la ley los puedes despedir cuando quieras.


* Leí el otro día a la salida de misa de las 12 un panfleto que decía que hay una ley que me obliga, pero beneficia fiscalmente, a mi empresa si contrato a los discapacitados. ¿Es bueno hacerlo para quedar bien en el sentido de imagen y de paso ganar o no perder pasta a la vez? ¿Es eso rentable? Si es así ¿dónde puedo encontrarlos?

- Sí, es rentable. De hecho inclúyete tú mismo en la lista (invéntate una hernia papirofléxica; realmente funciona!) para desgravarte más y el negocio te será redondo.


* ¿Me gustaría saber si esto de los cheques restaurante es mejor concederlo a mis empleados favoritos o a todos?

- Creo que te has contestado tu mismo a tu pregunta, pero para mayor beneficio es mejor que te los reserves para ti mismo y tus familiares (aunque esto último tampoco es aconsejable). Que coman lo que les quepa… en un termo. Recuerda que lo importante eres tú. Evitarás que algunos coman bien durante horas por hacerte la pelota, evitarás así las indigestiones y, por tanto, el absentismo. Te ahorrarás un dinero.


* Tengo un dichoso comité de empresa que no para de pedirme… eee... datos o metadatos, estoooo documentos, eso! Documentos acerca de mi empresa, ¿qué hago? Estoy mareado. Gracias.

- Cómpralos (los documentos).


* Si una persona que trabaja para mí, a tutiplé (tiempo completo), y no quiero dar pistas sobre su sexo por la dichosa ley de protección de datos…, y causa baja por maternidad ¿puedo contratar a otras dos a tiempo parcial para que hagan su trabajo?

- Querido magnate, aquí tenemos que ser peculiarmente justos: está más que claro pues la chica trabaja y come por dos. Pero procura contratar a dos tíos mejor y si funcionan, adelante!!! (ya sabes).


* Tengo, como es lógico y habitual en estos días, a varios peones pluriempleados, ¿Qué jornada les puedo aplicar a lo sumo? Un abraso.

- Ole! como es lógico la máxima posible (lo que permita la ley, que es nuestra justa arma), así dejan de trabajar en la otra y se dedican a ti en cuerpo y alma.


Y así va el mundo...Y si no, pues no se quejen que no han pagado nada. Que les vaya bien.

(Agradecimientos a Fedeguico y al Ginés -los primos Jiménez- por sus simpáticas respuestas)

8 nov 2009

Plan de Igualdad

Con este artículo os queremos poner al día acerca de lo que se ha ido realizando en la Comisión de Igualdad de CCOO-Bouncopy, para la elaboración de un Plan de Igualdad beneficioso y efectivo en la empresa.

Por nuestra parte se han ido celebrando varias reuniones. Tanto para la elección democrática de sus representantes y sus funciones, como la coordinación con la Secretaría de la Mujer de Comisiones Obreras, donde se recabó la información necesaria y el profesional asesoramiento de Yolanda Díaz, para continuar realizando aportaciones.

En este sentido, se ha planteado que tengamos como referencia los estudios realizados sobre discriminación en Bouncopy, y las comunicaciones oportunas que hemos mantenido y mantendremos de manera fluida con el Ministerio de Igualdad, a través de su gabinete de comunicación, con Inmaculada Martínez a la cabeza.

En la reunión del 8 de junio de 2009, CCOO-Bouncopy ha manifestado que el plan debe abarcar aspectos tales como la estructura de la plantilla, las retribuciones, la contratación, la promoción profesional, la formación, la conciliación de la vida personal y laboral, así como la prevención y erradicación del acoso sexual, del acoso moral...

Este plan debe ser conocido, por lo que, durante la fase de elaboración e implantación, tendremos que establecer cauces de comunicación y sensibilización. A este respecto, estimamos que la nueva intranet corporativa pueda ser uno de ellos.

Y, ahora que se ha reactivado positivamente la Comisión paritaria y mancomunada con la Dirección, estamos realizando un diagnóstico previo a la elaboración e implantación del Plan de Igualdad, por lo que estamos requiriendo a la Dirección una serie de datos.

Datos que estén desagregados por sexo -distribución de la plantilla por categoría, tipo de contrato, nacionalidad, etc. Incorporaciones y bajas, especificando las causas. Media de salarios totales. Acción formativa: número total de hombres y mujeres que han recibido formación continua, han disfrutado de PIF, de becas, nivel de estudios, etc. Promociones y ascensos. Número de jefas/es, coordinadoras/es, teleoperadoras/es.., etc. Número de hombres y mujeres que han utilizado algún permiso o derecho relacionado con la conciliación de la vida personal y laboral- y todo aquello relacionado que nos queráis indicar.

De esta manera, detectaremos, por ejemplo, si existe una desproporción entre hombres y mujeres en cargos de libre designación por parte de la Dirección de la Empresa y si la remuneración -por todos los conceptos- es superior.

Esperamos que nos hagáis llegar vuestras propuestas y aportaciones para eliminar las diferencias entre hombres y mujeres extensiva a todos los ámbitos (familia, trabajo, empresarias/os,..). También si pensáis que hay que reclamar más información.

Como es habitual, os deseamos Salud y Trabajo.



(Agradecimientos a Yolanda, Inmaculada, Alba, Toni y Juan)